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martes 5 de mayo de 2026

DETENCION DE MONTONEROS EN 1975

Duro calificativo al fallo contra el ex Director del Penal

Rolando Lozano, defensor de Nicolás Manrique, dijo que es “ridículo”. Los cinco abogados de los imputados, entre ellos el ex jefe policial Graci Susini, apelaron el procesamiento de primera instancia ante la Cámara Federal de Mendoza. Por Gustavo Martínez Puga.
Por Redacción Tiempo de San Juan

Por Gustavo Martínez Puga
gmartinezpgua@tiempodesanjuan.com

“El único hecho por el que se lo imputa Nicolás Manrique tuvo lugar en el mes de abril del año 1975, es decir, un año antes del golpe militar del 24 de marzo de 1976, al que de manera unívoca toda la jurisprudencia del país atribuye como punto de partida del plan sistemático de lucha contra la subversión. De manera tal que pensar que ya un año antes la Policía de San Juan era parte de un plan todavía inexistente, es, hasta le diría, ridículo”. El concepto es de Rolando Lozano, abogado defensor del ex director del Penal, uno de los cinco ex policías imputados por delitos de lesa humanidad durante la detención de militantes del grupo Montoneros en el gobierno democrático de Eloy Camus, previo al golpe militar del ´76.
Actualmente el recurso de apelación ha sido concedido y falta que la causa sea elevada a la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza, donde se tramitará el pedido de los abogados defensores de los cinco imputados en el auto de procesamiento que dictó el juez federal Leopoldo Rago Gallo.
Además de Manrique, el comisario mayor retirado que fue director del Penal de Chimbas en el gobierno de Avelín, también apelaron el auto de procesamiento los defensores de los otros cinco imputados, entre ellos Enrique Graci Susini, quien fue Jefe de Policía de Camus y quedó en el cargo hasta 1976 (ver recuadro).
Todos ellos fueron procesados por privación ilegal de la libertad, torturas y violación, en el marco de una lucha ilegal contra la subversión previa al golpe de Estado de 1976.
“Al contrario de lo que sostiene el fallo, nosotros decimos que estos hechos asilados que se juzgan en la causa en modo alguno permiten hablar de la existencia en San Juan de un plan sistemático contra la subversión, y mucho menos de que en ese plan hayan tomado participación los funcionarios policiales”, argumentó el abogado Lozano.
El único hecho que se le atribuye a Manrique está vinculado con la detención de dos matrimonios a quienes se les secuestró documentación vinculada a la fundación del grupo Montoneros. Para los abogados defensores, en la causa quedó acreditado que eran personas que desplegaban actividades ilegales en el momento.
Estos dos matrimonios fueron detenidos por orden judicial en un procedimiento en el que tuvo intervención el juez federal del momento.
Una vez detenidos por un procedimiento de la comisaría Sexta, a Nicolás Manrique, que por entonces era oficial de rango menor de la Policía de San Juan, se lo comisionó para custodiar el perímetro externo del lugar en el que estaban detenidos. La responsabilidad de Manrique era la custodia del perímetro externo del lugar donde estaban alojadas estas cuatro personas acusadas de ser miembro del grupo Montoneros.
Este refuerzo de seguridad en este lugar de detención respondía a prever que pudiera ser tomado por asalto, porque los detenidos eran de mucha influencia en el grupo Montoneros. Como se preveía un rescate, es que se reforzó la custodia, según la versión oficial de los hechos.
“Esto no alcanza como para decir que Manrique pudo tener conocimiento de la existencia, si es que lo hubo, de un plan sistemático contra la subversión. De qué manera pudo saber Manrique si lo único que hacía era cumplir una orden”, dijo Lozano, y agregó que “de ninguna manera resulta acreditado en el expediente que cometió alguno de los delitos aberrantes que se le atribuyen. De hecho, no hay nadie que indique que fue autor de alguno de los apremios, tormentos y violaciones que figuran en el expediente, en esta única causa, hay un solo hecho por el cual ha sido imputado Manrique”.

Delitos aberrantes

La investigación judicial que hizo el juez Leopoldo Rago Gallo llevó a imputar a Enrique Graci Susini, como jefe de la fuerza; y a Cruz Alejandro Olmos y Darvin Mejías, como jefes de las áreas de Inteligencia y de Operaciones Policiales.
El juez Rago Gallo entendió que estos policías fueron responsables en dos hechos de privación de la libertad agravada en contra de Eusebio Héctor Tejada y por tormentos agravados.
También los responsabilizan por los tormentos agravados que sufrieron Marcelo Raúl Nivoli, Jorge Antonio Capella, Isabel Emilia Mac Donald, Beatriz Paris, José Francisco Mut, Norman Alan Pictor Greiner, Diana Temis Kurban, Eusebio Héctor Tejada, Roque Adalberto Páez, Eugenio Ramón Ochoa, Alberto Esteban Conca y Jorge Luis Marambio.
A estos dos hechos se le agrega el de violación en perjuicio de Isabel Mac Donald, Beatriz Paris y Diana Kurban, que se produjeron durante su detención en dependencias policiales.

En los casos de Manrique y Oscar Amidey les atribuyen responsabilidad por la presunta comisión de los delitos de asociación ilícita y tormentos agravados en perjuicio de Nivoli, Capella, Mac Donald y Paris y por la presunta responsabilidad en la violación de las dos últimas.

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