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Alivio pero cautela: las primeras reacciones en San Juan tras el freno de la Justicia al cierre de Vialidad Nacional

La Justicia Federal suspendió por seis meses el decreto que ordenaba el cierre del organismo. Desde la delegación local, el gremio se mostró conforme con el fallo, aunque esperan una posible apelación del gobierno de Javier Milei y advierten que el conflicto sigue abierto.

Por Redacción Tiempo de San Juan

Desde la seccional San Juan del Sindicato de Trabajadores Viales Nacionales, el secretario adjunto Jorge Pérez valoró el fallo como “un paso importante y positivo”, aunque aclaró que la situación sigue su curso legal. “Somos cautos. Es muy reciente. Ya hay una manifestación de un juez, pero ahora esperamos ver qué hace el Gobierno, si apela o no, lo cual es muy probable”, indicó a este diario.

Pérez explicó que hay varias presentaciones judiciales en curso en distintos juzgados del país, y que este primer pronunciamiento sienta un precedente relevante. “Lo dijimos desde el principio: este decreto no corresponde. Ahora una jueza nos está dando la razón. Se suspende su aplicación hasta que se trate el fondo del planteo”, afirmó.

Además, desde la delegación local de Vialidad Nacional analizan la medida judicial y esperan por la decisión del gobierno de Javier Milei. Hasta el momento, entienden que el Poder Ejecutivo nacional apelará el fallo, informaron fuentes oficiales a este medio.

La medida judicial, conocida este jueves al mediodía, fue consecuencia de una acción de amparo presentada por el Sindicato de Empleados de Vialidad Nacional (SEVINA). El Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N°2 hizo lugar al pedido de medida cautelar, frenando la aplicación del decreto 461/2025 firmado por el presidente Javier Milei, que disponía la disolución del organismo y el traspaso de sus funciones al Ministerio de Economía y a una agencia estatal de control.

La resolución judicial, de nueve páginas, advierte sobre el peligro que implicaba la inminente aplicación del decreto presidencial, ya que podría derivar en traslados forzosos, desvinculaciones encubiertas o vaciamiento funcional del organismo.

También subraya que el artículo 32 del decreto cuestionado atentaba contra la estabilidad del personal y violaba convenios colectivos de trabajo y normas constitucionales.

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