Por Gustavo Martínez Puga
El caso Brizuela llegó a la Corte Suprema de Justicia
Había estado tres años preso por un abuso sexual. Pero la Corte de San Juan dijo que cuatro jueces y dos fiscales obraron mal: liberó al sujeto y sancionó a los funcionarios. Pero todo eso está en duda. Por Gustavo Martínez Puga.
Finalmente, el escandaloso caso de Carlos Brizuela llegó a la máxima autoridad judicial del país, la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Fue después de que la justicia de San Luis resistiera su competencia en el caso y, con esa medida, puso en jaque todo lo actuado en San Juan.
Además de ordenar la inmediata libertad de Brizuela, la Corte sancionó con un llamado de atención y apercibimiento a cuatro jueces (los tres de la Sala II de la Cámara Penal y a la jueza de instrucción) y dos fiscales (la de cámara y el de instrucción).
Y parte de esas medidas incluían la orden al tribunal de la Sala II de enviar el caso a que sea juzgado en la provincia de San Luis, ya que allí radicó la piedra angular de la decisión de la Corte sanjuanina: el principio de territorialidad.
Es que los cortistas sanjuaninos, Carlos Eduardo Balaguer, Adolfo Caballero y Juan Carlos Caballero Vidal, fallaron que los delitos habrían sido cometidos en esa provincia. Por eso es que resolvió que todo lo actuado en San Juan era nulo.
Esa decisión fue un baldazo de agua fría en San Juan: ¿cómo podía ser que cuatro jueces y dos fiscales no se habían percatado de semejante irregularidad?
Sin embargo, cuando el caso llegó a la justicia puntana, allí resistieron la orden de la Corte sanjuanina y se generó un “conflicto de competencia negativa”. Como fue la justicia de la provincia vecina la que resistió la medida, ellos se encargaron de elevarlo a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que dirima quién debe investigar el presunto delito cometido por Brizuela, si es San Juan o si es San Luis.
En la justicia de San Luis se basaron en dos argumentos: el mismo principio de territorialidad, porque entienden que la menor habría sido abusada en San Juan, y en segundo lugar por “el interés superior del niño”, lo cual tiene rango constitucional.
Casualmente, esos argumentos de la justicia puntana son los mismos que tuvieron en la Sala II de la Cámara Penal y en el Quinto Juzgado de Instrucción para abocarse el caso, investigarlo y condenarlo: los funcionarios sanjuaninos entendieron que lo prioritario era la protección del niño y que el delito debía juzgarse donde se encontrara el menor, en este caso, San Juan.
Brizuela es oriundo de San Luis y se había instalado con su familia en el departamento 25 de Mayo. Su ex pareja lo acusó en mayo de 2010 de haber abusado sexualmente de sus dos hijas cuando se las llevó de vacaciones a San Luis. Las psicólogas dijeron que el delito había existido. Pero luego, en el juicio, la madre y la menor se desdijeron de la acusación, aunque eso ya no tenía validez legal.
Ahora hay voces encontradas en base a lo que resuelva la Corte Suprema de Justicia: hay quienes sostienen que podría volver a ser juzgado, si se sostiene que corresponde a San Luis investigar el abuso, y otros dicen que ya no se podrá volver a sentar a Brizuela en el banquillo de los acusados.
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