Tras la publicación en la última edición de Tiempo de San Juan de la situación de anomalía en el fuero federal de la provincia, donde ninguno de los fiscales o defensores públicos son titulares en sus cargos, la Defensoría General de la Nación envió un comunicado precisando que, en el caso del Defensor Público Oficial en los juzgados de primera instancia, el concurso ya se realizó y se está a la espera de que sea designado por el Congreso nacional.
Precisan que finalizó el concurso por el Defensor Público Oficial
La Oficina de Concursos de la Defensoría General de la Nación aclara que el concurso para designar al reemplazante del doctor Raúl Plana Más -que se jubiló en el 2009- “se ha sustanciado oportunamente y ya ha finalizado”.
Posteriormente se elevó la terna a consideración del Poder Ejecutivo Nacional, el 2 de agosto de 2010 (mediante Res. DGN Nº 913/10). El Ministerio de Justicia procedió a publicar la terna de conformidad con lo dispuesto en el decreto 588/03 con fecha 15 de septiembre de 2010 en el Boletín Oficial.
El 18 de noviembre de 2011 uno de los ternados renunció y por el orden de mérito, se remitió una lista complementaria (Res. 280/12, del 26 de marzo de 2012) y la nueva terna quedó integrada por los Dres. Alberto José MARTINEZ; Patricio Ezequiel VARELA y Ricardo Esteban MOINE. El Dr. VARELA fue designado mediante Dec. Pen 1930/11 (BO 22/11/11), en el cargo de Defensor Público Oficial ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Azul. Por ello se remitió con carácter de lista complementaria al Dr. Eduardo Santiago CAEIRO (siguiente en el orden de mérito).
El 24 de abril de 2012 el Ministerio de Justicia procedió a publicar nuevamente la terna que se había hecho pública en septiembre de 2010, con la integración del postulante que fuera enviado como lista complementaria, con la obvia indicación que se trataba de una terna que ya había sido publicada con anterioridad y que la nueva publicidad se debía a la renuncia de uno de los ternados.
La Defensoría General de la Nación comunica que “el servicio de defensa técnica no se ha alterado y sigue brindándose de manera eficiente y adecuada (en la forma y en los términos que manda la Constitución Nacional y los Pactos Internacionales de Derechos Humanos incorporados a ella, con igual jerarquía), atento a que se han designado en el carácter de Defensores “Ad Hoc” a empleados y funcionarios miembros del Ministerio Público, que son abogados y poseen experiencia e idoneidad para cumplir dicha función”.
Defensores AD Hoc
Según lo establecido en la Resolución nº 089/01 y conforme los dispuesto por el art. 11 de la Ley 24.946 los magistrados del Ministerio Público “serán reemplazados por los integrantes de una lista de abogados que reúnan las condiciones para ser miembros del Ministerio Público, la cual será conformada por insaculación en el mes de diciembre de cada año”.
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