Este domingo, el país elegirá a su futuro presidente o presidenta y según el Código Electoral Nacional, la veda comienza el día que termina la campaña, 48 horas antes de la apertura de los centros de votación, que será a las 8 am del domingo 22 de octubre.
Así las cosas, la veda electoral comenzará a regir este viernes 20 de octubre desde las 8 de la mañana y habrá ciertas actividades que ya no se podrán realizar hasta finalizado el acto eleccionario.
Según el artículo 71 del Código Nacional Electoral, hay ciertas actividades que están prohibidas para los candidatos y para los votantes durante la veda:
- Realizar actos públicos de campaña y proselitismo electoral desde el viernes anterior a la votación.
- Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.
- Publicar y difundir encuestas o sondeos preelectorales desde el viernes.
- La venta de bebidas alcohólicas está prohibida desde las 20 del sábado hasta las 21 del domingo.
- Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral.
- La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de 80 metros del lugar en el que se instalen las mesas de votación.
- Desde el sábado está prohibido portar armas, banderas, distintivos o insignias partidarias.
¿A qué hora termina la veda electoral?
Todas las prohibiciones de la veda electoral concluyen tres horas después de cerrados los comicios, es decir, a las 21 del domingo 22 de octubre.