La Superintendencia de la Corte de Justicia decidió suspender al juez Pablo Flores por irregularidades en varias causas que el Segundo Juzgado de Instrucción a su cargo y uno de sus integrantes, también presidente de la Corte, recibió una solicitud formal del magistrado en la que expuso sus intenciones de presentarse a trabajar pese a la sanción.
Denegaron el pedido del juez Flores de trabajar pese a la suspensión
Abel Soria Vega manifestó: "La sanción implica la suspensión sin goce de haberes, si hubiéramos planteado que la suspensión fuera sólo del goce de haberes, entonces hubiéramos convertido que la sanción fuera una multa económica".
En ese sentido, Soria Vega señaló que la Ley Orgánica establece el concepto de la sanción y, fundado en ello, se dispuso que Flores no trabajara durante los 30 días, a partir de agosto. "Si fuera a trabajar, sería violar lo dispuesto por la Corte", dijo.
Además, destacó que ya se designaron los dos jueces de flagrancia que van a colaborar con el juzgado cuyo titular es Flores.
Por su parte, Guillermo De Sanctis expresó: "Nunca un juez suspendido puede no cobrar y trabajar de hecho, dictando actos jurisdiccionales, eso es gravísimo, dictar órdenes de allanamiento, hacer indagatorias, resolver situaciones procesales, estaríamos desafiando las nulidades".