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domingo 5 de abril de 2026

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Caballero Vidal se defiende: recusó al juez y al fiscal, y pidió que se anule todo

El juez de la Corte hizo una presentación ante la Justicia federal, que lo imputó por delitos de lesa humanidad. Pidió que se declare nulo lo actuado.
Por Redacción Tiempo de San Juan

Juan Carlos Caballero Vidal, el juez de la Corte imputado por presunto delito de lesa humanidad por su actuación como juez durante la pasada dictadura, presentó este mediodía un escrito ante la justicia federal.

Se trata de su primera defensa en el proceso que se abrió como consecuencia de la acusación de un testigo en una causa de esos años, quien dijo que Caballero Vidal lo recibió como juez provincial cuando fue a presentar un pedido de Hábeas Corpus y éste le apoyó un arma sobre el escritorio para intimidarlo. La denuncia ocurrió en plena audiencia y fue derivada al fiscal federal Francisco Maldonado, quien decidió imputarlo y llamarlo a prestar declaración indagatoria.

Caballero Vidal argumenta en su primer escrito de defensa –ejercida por los abogados Fernando Castro y Rolando Lozano- que recibió sólo un pedido de Habeas Corpus en su juzgado en esos años porque lo que correspondía era que se presentaran ante la justicia federal.

Y recusó tanto al magistrado Leopoldo Rago Gallo como al fiscal federal Francisco Maldonado, con el argumento que ya se expidieron en la causa Cevinelli, que es el proceso en el cual se produjo la declaración del testigo, el abogado de apellido Bayúgar. Además, solicitó la nulidad de todo lo actuado hasta el momento en el expediente.

La presentación indica lo siguiente:

"El equilibrio procesal, la imparcialidad y la objetividad en el trámite de un proceso penal, importan para el imputado la "garantía” de justicia en igualdad de condiciones para considerar correctamente resguardados los derecho amparados en la garantías constitucionales de debido proceso, defensa en juicio e inocencia (art. 18 de la CN y Tratados Internacionales de idéntico rango en virtud del art. 75 inc. 22 de la Carta Magna).

La nulidad de todo lo actuado se impone, entonces, como inexorable consecuencia de la constancia objetiva de la causal invocada, por un lado, y la no inhibición de los funcionarios a pesar de ella, por el otro, y es ésta última circunstancia la que cierne la duda razonable sobre la actividad desplegada y/o a desplegarse por parte de los funcionarios recusados y, sobre todo, acerca de cada uno de los actos procesales que fueron su natural consecuencia.

En efecto, resultaría difícil encontrar en el accionar de ambos funcionarios federales el ánimo de proponerse el objetivo de lograr la verdad real, cuando esos mismos funcionarios han mostrado en ambos procesos  actitudes reñidas con las obligaciones que impone el sistema procesal.

Ha de evitarse que el presente proceso se convierta en un escenario de sospechas que nada tiene que ver con la ratio assendi del proceso penal, ni mucho menos con el respeto de las garantías constitucionales de debido proceso y defensa en juicio”.

 

Leé el texto completo de la presentación haciendo click aquí

 

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