De Sanctis: “Este fallo no afecta ni la minería, ni la industria, ni la obra pública”
El fiscal de Estado dijo que el fallo del máximo tribunal “era previsible” y que no impacta en las actividades de la provincia porque la ley de protección de glaciares nacional “aún no está operativa y San Juan está más avanzada que todos en cuanto a los glaciares” y que la cuestión de fondo sobre la inconstitucionalidad de la norma de la Nación aún no se ha resuelto.
“Hay que leer entrelíneas, la Corte dice que la ley nacional ni siquiera empezó a aplicarse, dice que no se puede determinar perjuicio cuando todavía la ley no está operativa. El inventario de glaciares del país lo tiene que hacer IANIGLA, al cual no se conoce que le hayan dado todavía ni los recursos para empezar y demoraría 5 años en hacerse el relevamiento”, apuntó el fiscal de Estado.
De Sanctis continuó diciendo que “esto es un fallo que deja sin efecto la cautelar, la ley está en aplicación pero falta un montón de cosas para que esté operativa. En cambio, San Juan esta adelantadísima en la materia: en 2010 se dictó la ley provincial de protección de glaciares, se puso en marcha el Consejo Provincial de Protección de Glaciares, tercero ya venía ejecutándose por un convenio entre el Gobierno de la Provincia y la UNSJ el trabajo de relevamiento inicial de los glaciare, y se ha firmado un nuevo convenio con la UNSJ para ir con la segunda etapa del relevamiento de glaciares que es el inventario propiamente dicho. Así, San Juan ya sabe cuántos glaciares hay y dónde están, y con la segunda etapa se va a conocer la morfología, las medidas exactas, la geología. Pero como conclusión, San Juan está muchísimo más adelantada que la Nación, que cualquier otra provincia y que el IANIGLA sobre los glaciares. Y de ese estudio se desprende que ningún glaciar está afectado por la actividad minera, y sobre Pascua Lama, el lado argentino no tiene glaciares, con lo cual los emprendimientos están perfectamente en regla”.
El fiscal de Estado se refiere a la movida de San Juan -luego seguida por varias de las provincias mineras-, de aprobar su propia ley de protección de glaciares, justo antes de sancionarse la polémica norma nacional que salió el 28 de octubre de 2010, tras ser vetada una vez por la presidenta Cristina Fernández. San Juan considera que la ley nacional fija conceptos muy ambiguos, sobre todo en lo referente de "periglacial" que al ser tan amplio, puede llegar a poner en peligro actividades en cordillera como la minería o la apertura de caminos como Agua Negra. Así las cosas, San Juan presentó oportunamente ante la Justicia la inconstitucionalidad de la ley nacional por meterse con jurisdicción sanjuanina, al considerarse que los recursos naturales son de las provincias, y priorizó como norma a seguir sobre la materia la ley local.
De Sanctis agregó que “todas las explotaciones mineras, industriales y obras publicas desarrolladas en cordillera están hechas de acuerdo a la ley general del ambiente y de acuerdo al Código de Minería y preservación del medio ambiente minero, que lo que exige es la declaración de impacto ambiental que es un profundo estudio y luego la declaración propiamente dicha que autoriza a producir”.
El funcionario enfatizó que lo “acá se ha resuelto un amparo y era previsible sabíamos que podía darse una revocatoria. Lo de periglacial va a estar en consideración en el planteo de inconstitucionalidad, y sobre eso, hay que esperar. Todavía la Nación no hace la contestación de la demanda, nosotros aclararemos lo que consideramos periglacial en la fase de apertura a prueba pero entiendo que ni siquiera se le ha corrido traslado al Estado Nacional de la demanda”.
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