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miércoles 15 de abril de 2026

NARCOTRÁFICO

Cayó con 2 kilos de cocaína, la condenan pero no va presa

Fue mediante un juicio abreviado. Como la mujer reconoció su autoría en el hecho, le bajaron la calificación de comercialización a "guardadora". Y eso le permitió ser condenada pero no ir presa. Por Gustavo Martínez Puga
Por Redacción Tiempo de San Juan

Viviana Marcela Zabaleta había caído presa en el 2012 porque le encontraron 2 kilos de cocaína en su casa. Cayó presa. La procesaron por comercializar drogas ilegales. Pero, finalmente, no irá presa, a pesar de que sí fue condenada.

Es porque su abogado defensor Fernando Bonomo acordó con el fiscal federal Francisco Maldonado hacer un juicio abreviado.

De esa manera, la justicia federal se aseguró tener a una persona condenada como autora del delito y evitó el desgasta del juicio oral.

A cambio, se le bajó la calificación por un delito menos grave: Zabaleta llegaba a juicio por el delito de comercialización de estupefaciente (artículo 5 C de la Ley 23.737), el cual tiene una pena que va de los 4 a los 15 años de prisión. Y finalmente se la condenó por el delito de "facilitar un lugar para la guarda de estupefacientes" (artículo 10 de la Ley 23.737), el cual tiene una pena que va de los 3 a los 12 años de prisión.

Zavaleta tenía una decena de causas anteriores, muchas de ellas por delitos vinculado al narcomenudeo, pero nunca había sido condenada, por lo que no era considerada una reincidente. Eso le permitió que le dieran el mínimo de la pena, es decir, 3 años de prisión.

Ése es el límite para no ir a prisión efectivamente, por eso la pena fue de 3 años de prisión en suspenso.

La justicia federal también se aseguró marcarle la cancha a Zavaleta: si vuelve a cometer cualquier tipo de delito, en los próximos 3 años, irá efectivamente a prisión. Y en el futuro, pasado ese tiempo, si vuelve a caer presa, irá efectivamente presa.

Zavaleta había llegado en libertad al juicio abreviado porque había pagado una fianza de 5.000 pesos y había sido beneficiada por el fallo Díaz Bessone, en el cual la Cámara Nacional de Casación Penal dijo en el 2008 que se debía tener en cuenta el principio de inocencia del imputado a la hora de ser eximido de prisión.

 

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