Un hombre que amenazó a su ex pareja, incluso cuando lo estaba denunciando en una comisaría porteña, fue procesado con prisión preventiva y sus bienes resultaron embargados hasta cubrir la suma de 30 mil pesos, en uno de los pocos casos de violencia de género en el que el imputado termina preso pese a no haber cometido femicidio.
Le embargaron 30 mil pesos por amenazar a su ex
"Es ajeno a estas actuaciones si la relación era conflictiva o no. Sin perjuicio de ser o no una relación conflictiva, ello no habilita crear un marco de violencia", sostiene el procesamiento, dictado por la jueza de instrucción Fabiana Palmaghini.
El caso ocurrió el 13 de octubre pasado, cuando la mujer (cuya identidad permanecerá en reserva) salió de la facultad a la que concurría y su pareja, de la que se había separado hacía una semana, la interceptó reclamándole que reanudara la relación y advirtiéndole: "no hagas nada de lo que te puedas arrepentir, vení y hablemos".
Ella, de 38 años, se asustó y concurrió a una comisaría cercana a su domicilio a denunciar al hombre, de 49, quien advertido de la situación irrumpió en la seccional 10 de la Policía Federal al grito de "no hagas la denuncia porque si no, no sabés lo que te va a pasar, te vas a arrepentir", en presencia de al menos tres uniformados.
El imputado dijo en su descargo: "me bajé nervioso del auto por toda la situación. Cuando la vi le dije '¿qué hacés?, si yo no te hice nada, después te arrepentís'. No le dije 'te vas a arrepentir'. Me refería a que después ella quiere volver a salir conmigo".
Pero la jueza valoró el relato de los policías que presenciaron la escena y el de la propia víctima, quien narró que su ex pareja "le profería insultos", la celaba y le reprochaba "ese pantalón de gato, ese color de trola", y además describió "golpes y tiradas de pelo".
Las actitudes del imputado "ostentaban un claro carácter coactivo, a efectos de que la mujer hable con él y no haga la denuncia policial, o en caso contrario se iba a arrepentir", describió el procesamiento.
El artículo 149 bis del Código Penal fija penas de dos a cuatro años de prisión para "el que hiciere uso de amenazas con el propósito de obligar a otro a hacer, no hacer o tolerar algo contra su voluntad".
La jueza dispuso la prisión preventiva del imputado porque "no puede dejar de valorarse la existencia concreta y real del peligro de ocasionar algún daño a la damnificada conforme expresaran los profesionales de la Oficina de Violencia Doméstica al calificar la situación como de alto riesgo".
(Fuente: Minuto Uno)
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