La justicia laboral acaba de sacar un fallo que marca un precedente: condenaron a una ART a indemnizar a una mujer que sufrió acoso sexual y laboral. La clave de la sentencia es que reconoce como causante de una enfermedad laboral a la violencia de género que sufrió la mujer. Y la condenada es la aseguradora, que debe pagar por el daño ocasionado a la mujer.
ART condenada por violencia de género en una bodega
Probaron que la mujer sufría acoso laboral y sexual. Y eso le produjo problemas de salud que fueron considerados una enfermedad laboral.
El hecho ocurrió en la bodega Pincolini. La secretaria del gerente de la empresa comenzó a sufrir agresiones y acoso severo que le trajeron consecuencias graves a su salud. Según los testimonios que figuran en la causa, ese acoso y maltrato se acentuó cuando el acosador se enteró que su secretaria tenía una pareja. Incluso también figuran testimonios de otras mujeres que dijeron haber recibido acoso por parte del mismo jefe.
"Ambiente laboral hostil, acoso laboral y acoso sexual". En ese contexto se produjeron los hechos, según confirmaron los jueces de la Segunda Cámara Laboral.
El acoso y el maltrato era permanente. Entre otras cosas, el acosador buscaba los momentos para estar a solas con la secretaria. Con el rechazo, vino la violencia laboral. En uno de los momentos críticos el acusado insultó y denigró a la mujer. Ella tuvo un pico de estrés y sentía dolores en el pecho. "No llamaron a la ambulancia por orden de él, le dijo a mis compañeros que se me iba a pasar", relató la mujer. La forma de presionar para que ella no denuncie la situación también forma parte del abuso de autoridad: ella es madre y jefa de familia. "Fijate que vas a hacer, mirá que soy el gerente, necesitás el trabajo", le decía el hombre. "También la celaba, le decía "por qué no querés salir conmigo si estás sola, ¿o estás con alguien? También que la seguía hasta su casa. Recordó la testigo que los gritos contra ella se escuchaban desde el patio de lo fuerte que la maltrataba", contaron los testigos.
El juez Julio Gómez argumenta el fallo tomando antecedentes de otros países y asegura que "el acoso sexual es una discriminación tan ilegítima como las agresiones raciales. El fundamento está en que la agresión viene motivada por la condición sexual (o género) de la víctima". "Las particularidades de los casos de violencia de género de índole laboral requieren al menos ser mencionadas, para fundar su ilegalidad evidente", dice el fallo, donde explican que con las pruebas y testimonios, está probada la responsabilidad de la ART y ordenan la empresa Asociart ART a indemnización por los daños ocasionados.
(Fuente: MDZ)
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