Casación Federal mantuvo el procesamiento de Roberto Giordano en la causa que se investiga la retención y falta de depósito de aportes a sus empleados.
Confirman el procesamiento de Roberto Giordano
Ratificaron la figura en la causa en la que se investiga al peluquero por la retención y falta de depósito de aportes a sus empleados.
La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Ana María Figueroa, Mariano Borinsky y Juan Carlos Gemignani, desestimó un recurso de queja contra el procesamiento sin prisión preventiva del estilista por haber sido encontrado "prima facie" autor penalmente responsable del delito tipificado por el artículo 9 de la ley nº 24.769.
El objeto de investigación lo constituyen las supuestas faltas de depósito por parte de la contribuyente Aspil S.A. de los aportes previsionales presuntamente retenidos a sus empleados, dentro de los diez días hábiles administrativos de vencidos los plazos para ingresarlos, correspondientes a los períodos fiscales 5/2008, 2/2009 a 6/2009, 12/2009, 6/2010 y 12/2010.
El peluquero había sido denunciado por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en febrero de 2014 por haber retenido y no ingresado al vencimiento del plazo, los aportes de sus empleados en relación de dependencia destinados al Sistema Nacional de Seguridad Social.
En septiembre del año pasado el el Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 10 lo procesó y le trabó un embargo por 230.000 pesos. En paralelo, en junio de 2015, el Juzgado Nacional en lo Penal Tributario N° 2 -a cargo de Diego García Berro- lo citó a indagatoria por una causa de evasión previsional de cerca de 2.500.000 pesos.
Las autoridades descubrieron que, con el fin de eludir sus obligaciones previsionales, Giordano formaba sociedades a nombre de personas insolventes.
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