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domingo 22 de marzo de 2026

Control fronterizo

Boom de compras en Chile: ¿cuánto hay que gastar para evitar impuestos?

Las autoridades aduaneras aclaran que en el caso de no cumplir con la franquicia establecida se aplicará el Tributo Único, que es una alícuota del 50% sobre el importe excedente

Por Redacción Tiempo de San Juan

Las compras en Chile por parte de los argentinos están viviendo uno nuevo boom, pero siempre es bueno recordar de que existe una franquicia que limite el dinero que cada persona puede gastar sin pagar impuestos.

Como primer punto hay que tener en claro que quien cruza la frontera generalmente lo hace acompañado con un equipaje, el cual es considerado por las autoridades aduaneras como “los objetos nuevos o usados que un viajero utiliza para consumo personal o para obsequiar, siempre que la cantidad, la calidad, la variedad y el valor no permitan presumir que se importan o exportan con fines comerciales o industriales”.

Los objetos de uso o consumo personal hace referencia a ropa, elementos de higiene personal y todo objeto que el viajero lleve para “uso o consumo personal”, valga la redundancia. Ante esto, existe una franquicia para ingresar otros objetos dentro del concepto equipaje (que no sean ropas, objetos de uso personal, libros, folletos y periódicos) por vía fluvial o terrestre.

Las franquicias se consideran de forma individual y no se pueden acumular. Aunque pueden ser utilizadas en forma conjunta sólo cuando los viajeros constituyen un grupo familiar (matrimonios, uniones convivenciales e hijos e hijas menores de 16 años no emancipados).

Exceso en el límite de compras

“Todos los excesos de franquicia serán alcanzados por el Tributo Único, impuesto que se cobra por el ingreso de mercaderías. La alícuota es del 50% sobre el exceso de la franquicia”, aclaran desde la web oficial sobre Aduana. Y agregan: “Es importante que no olvides llevar los formularios que presentaste cuando saliste del país y las facturas de tus compras en el exterior”.

Para más información, se debe consultar el apartado Objetos permitidos y prohibiciones y el apartado Franquicias de Ayuda sobre Viajeros de AFIP.

FUENTE: Los Andes

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