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domingo 22 de marzo de 2026

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Devolución del IVA: enterate cómo obtener el reintegro del 21%

A partir del lunes 18 de septiembre comienza a regir el programa "Compre sin IVA". Los comercios estarán identificados con una etiqueta alusiva.
Por Redacción Tiempo de San Juan

El director la AFIP, Carlos Castagneto dio detalles de la devolución del IVA para jubilados, monotributistas y trabajadores registrados con salarios hasta $708.000. La medida anunciada por el ministro de Economía, Sergio Massa entrará en vigencia este lunes 18 de septiembre y hasta el 31 de diciembre de 2023.

Castagneto aclaró que a través del programa Compre sin IVA “queremos generar una conciencia ciudadana, para que se utilice más la tarjeta de débito” y se reduzca el uso del efectivo.

La devolución del 21% tiene un tope de reintegro de $18.800 mensuales. El jefe de la AFIP remarcó que es por persona, no por grupo familiar.

Por ejemplo, si en una familia un integrante es trabajador en relación de dependencia y el otro monotributista, ambos tienen el beneficio por separado.

¿Cómo y cuándo se reintegra el dinero?

El reintegro se deposita 48 horas después de la compra, de forma automática y en la cuenta bancaria de la tarjeta de débito asociada.

La devolución del dinero será sobre el total del ticket.

Quién puede acceder a la devolución

Qué grupo está excento del reitegro

En qué comercios se puede comprar

Para acceder al reintegro del 21%, las compras se deben realizar en cualquier comercio que venda productos de la canasta básica, como supermercados, almacenes, carnicerías, verdulerías, entre otros.

Castagneto subrayó que estos negocios deben estar inscriptos en la AFIP. Así, los locales estarán identificados con una etiqueta alusiva al programa “Compre sin IVA”.

Además, informó que el beneficio aplica para las compras online abonando con tarjeta de débito.

¿Qué trámites hay que realizar?

No se debe realizar ningún trámite, porque los reintegros serán automáticos en todos los comercios que vendan productos de la canasta básica alimentaria y estén debidamente registrados en la actividad formal, es decir, inscriptos en AFIP.

¿Qué alimentos entran en la devolución?

Fuente: Vía País

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