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Acceso a la defensa

De más de 1.800 internos alojados en el Penal de Chimbas, la Defensoría Oficial lleva los casos de 1.500: el detrás de escena de esta realidad

La Ley 24.660 de Ejecución Penal prevé los derechos de las personas privadas de su libertad, derechos que deben ser velados por abogados defensores. En un contexto complejo, la Defensoría Oficial de San Juan se hace cargo de la mayoría de los presos de la provincia.

Por Ana Paula Gremoliche

En Argentina, la Ley Nº24.660 de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad prevé en su artículo 2: "el condenado podrá ejercer todos los derechos no afectados por la condena o por la ley y las reglamentaciones que en su consecuencia se dicten y cumplirá con todos los deberes que su situación le permita y con todas las obligaciones que su condición legalmente le impone". Es responsabilidad de los jueces de Ejecución Penal hacer cumplir este artículo, así como también la persona privada de la libertad tiene el derecho, tal como lo establece la Constitución Nacional, de tener defensa, es decir, un abogado que vele por el cumplimiento de sus derechos mientras esté cumpliendo la pena impuesta por los delitos cometidos.

El problema comienza cuando el acceso a esa defensa se complica por el simple hecho de que el potencial cliente, en el caso de los abogados penalistas, ya está privado de la libertad. Según indicó a Tiempo de San Juan la Defensora General de la provincia, Mónica Sefair, la dificultad que tienen los profesionales para cobrar los honorarios cuando la persona está presa, muchas veces hace que, cuando se efectiviza la pena, el recluso se quede sin defensa.

En el momento en el que no hay posibilidad de tener una defensa particular es cuando actúa la Defensoría Oficial. Este organismo que tiene como objetivo velar por los derechos humanos de aquellas personas que no cuentan con los recursos económicos para acceder a la defensa en procesos judiciales o, bien, tal como sucede en estos casos, cuando la Justicia dictó la sentencia y la persona ya se encuentra dictando una pena.

En San Juan, esta situación se extiende a tal punto que, de los más de 1.840 internos que tiene actualmente el Servicio Penitenciario Provincial (SPP), la Defensoría se hace cargo de los casos de aproximadamente 1.500. Es decir, más del 81% de la población del Penal de Chimbas no tiene defensa particular y depende al 100% de este organismo.

Actualmente, la Defensoría Oficial cuenta con dos defensorías de ejecución penal, que están conformadas por dos defensores oficial y tres colaboradores más cada una. En pocas palabras, cada defensor lleva un aproximado de 750 casos cada uno. Un funcionamiento a tope, tal como lo dijo la misma Defensora General de la provincia.

Si bien hoy en día la ejecución penal en la provincia mejoró de manera significativa y, de hecho, en el 2023 se dictó una Ley de Ejecución Penal, con el objetivo de adaptar las condiciones y el tratamiento a las personas privadas de la libertad a los cánones impuestos por las diferentes normativas de derechos humanos, siempre es necesaria la defensa para velar por el cumplimiento de las garantías constitucionales. "Como defensores oficiales convivimos mucho con el dolor y la miseria. Con el abandono, y con el abandono de hasta el Estado", manifestó Sefair al respecto.

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