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miércoles 6 de mayo de 2026

Cristina, el peor de los crimenes

Violencia familiar: El órgano para controlar el sistema nunca funcionó

La ley para sancionar y prevenir la violencia familiar que rige en la provincia está vigente desde el 2009, pero el Órgano Coordinador Provincial de Seguimiento, Evaluación y Prevención de la Problemática de Violencia Familiar nunca funcionó. Por Gustavo Martínez Puga.
Por Redacción Tiempo de San Juan
La ley para sancionar y prevenir la violencia familiar que rige en la provincia está vigente desde el 2009, pero el Órgano Coordinador Provincial de Seguimiento, Evaluación y Prevención de la Problemática de Violencia Familiar nunca funcionó.

Justamente el asesinato de María Cristina Olivares puso en cuestionamiento el funcionamiento del sistema actual, ya que la joven madre había recibido asistencia estatal tras la violencia física y mental que recibió por parte de Miguel Ángel Palma y, sin embargo, ella desoyó los consejos y sugerencias y lo seguía viendo, sin poder salir por sí sola del círculo de violencia en el que estaba sometida.

Precisamente ésa es la función que tiene este órgano de control. El inciso D del artículo 57 de la ley dice expresamente que el órgano deberá “evaluar en forma permanente o periódica aquellos casos concretos que por su gravedad e implicancia social merezcan un tratamiento interinstitucional”.

En el caso de Cristina Olivares, hasta el juez correccional Enrique De la Torre le había prohibido a  Miguel Ángel Palma arrimarse a Cristina Olivares, lo que no se cumplió legalmente y nadie lo hizo cumplir.

¿Por qué nunca funcionó el órgano? Porque el Poder Ejecutivo y la Corte de Justicia nunca nombraron a los funcionarios que los debían integrar. El único que sí lo hizo todos los años fue el Poder Legislativo y el Ministerio Público (el fiscal).

¿Cómo se integra ese órgano? Según el artículo 54 de la ley, el Ejecutivo debe nombrar a 4 miembros en representación de los ministerios de Desarrollo Humano, de Gobierno, de Educación y de Salud Pública; el Poder Legislativo debe nombrar 4 miembros y el Poder Judicial debe nombrar cuatro miembros. En este último caso, la Corte de Justicia nunca designó a nadie en estos tres años. En cambio, el Ministerio Público, a través de la Fiscalía General, sí lo hizo cada año.

Pero como no estaban todos los integrantes, el Órgano Coordinador nunca funcionó. Su funcionamiento, tal vez, hubiera evitado casos como el de Cristina Olivares u otros menos graves. Pero nunca se sabrá.
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