Una semana atrás, Tiempo de San Juan reveló que por primera vez el partido de Mauricio Macri en San Juan evalúa dejar en blanco la categoría de gobernador para 2015. Es un resultado directo de otra decisión política: que Eduardo Cáceres compita por la Intendencia de la Capital –donde mide bien- y evite una confrontación mano a mano con José Luis Gioja. La nota levantó polvareda, no tanto adentro como afuera del partido amarillo.
¿Puede el PRO competir sin candidato a gobernador?
El partido lo baraja como una posibilidad. Revelado por Tiempo de San Juan, hubo algunas conjeturas en la oposición –eventuales socios políticos- sobre si los habilita o no la ley de primarias para llevar a cabo esa jugada. Por Daniel Tejada.
Un dirigente de la oposición, eventual socio político del PRO, advirtió en una charla reservada que la ley de Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias no permite que un precandidato a intendente compita sin estar debajo del paraguas de una fórmula provincial para gobernador y vice.
Si así fuera, el PRO debería buscar un candidato a gobernador propio, aunque más no fuera simbólico, o acercarse a otro armado político para competir con listas municipales dentro de la interna de un frente más abarcativo. "Aquí que no vengan”, protestó sottovoce un encumbrado dirigente massista.
En el Tribunal Electoral de la Provincia también hubo debate acerca de esta posibilidad, pero finalmente se interpretó de manera inequívoca el artículo en cuestión y, llegado el caso de que el PRO o cualquier otra fuerza política quisieran presentarse para categorías municipales únicamente, podría hacerlo sin estar atado a una fórmula para gobernador y vice.
El conflicto de interpretaciones surge a raíz del artículo 6 de la ley 8.151, que establece los requisitos para competir en las PASO en categorías municipales y menciona textualmente: "Las listas internas, deberán, en su caso, consignar y presentar sus nóminas de candidatos en las categorías provinciales y municipales en forma conjunta”.
Es aquí donde algunos interpretaron que una lista municipal no podía ir desprendida de una fórmula para gobernador y vice. Sin embargo, el Tribunal Electoral de la Provincia se vale de tres palabras para derribar este límite: "En su caso”. Quiere decir que, sólo en caso de alianza se podría exigir a la lista municipal una correspondencia con candidaturas provinciales.
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