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miércoles 8 de abril de 2026

Por decreto

Está preso por abuso de dos nenes y ahora lo cesantearon de su cargo en Salud Pública

Fue condenado el año pasado y ahora, después del sumario administrativo, aplicaron 'sanción expulsiva de cesantía' a Miguel Ángel Lucero.
Por Redacción Tiempo de San Juan

En octubre de 2017, Miguel Ángel Lucero fue condenado a 12 años de prisión por los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante y corrupción sexual de dos niños (que entonces tenían 8 y 5 años), hijos de la mujer con la que vivía.

Lucero era empleado en Salud Pública con un cargo de rango, era Jefe Unidad Administrativo Sanitario, con funciones en División Estadística del Hospital Público Descentralizado Dr. Guillermo Rawson, y ahora, por decreto, la Provincia lo dejó cesante. El sumario a Lucero comenzó en el 2015 cuando fue denunciado por la abuela paterna de los niños de abuso.

El Decreto, firmado por el Gobernador, es el N° 0439 -MSPSAN, y reseña que el Expediente N° 802-1938/15, Sumario Administrativo N° 57/15, fue ordenado para investigar presuntas irregularidades en las que habría incurrido Lucero (DNI N° 11.700.065).

En su artículo 1° el decreto aplica la sanción expulsiva de cesantía a Lucero, por cuanto el empleado del hospital incurrió en inasistencias injustificadas a su lugar de trabajo en los meses de octubre y noviembre del año 2015, "no encontrándose justificadas sus inasistencias en ninguno de los supuestos previstos en la Ley N° 536-A".

Las notificaciones de su sumario las respondía a través de su gestora oficiosa, ya que por entonces estaba privado de libertad,  mientras era investigado en el 5to. Juzgado de Instrucción de San Juan, pedía que se lo exima de producir el descargo hasta que recupere su libertad.

"Surge que ante las oportunidades que se le brindaron al citado agente para que expusiera alguna explicación fundada y/o amparada en un accionar legítimo que lo respalde o justifique, de las razones de sus ausencias, no lo hizo", señala el sumario.

La justificación posterior de Lucero ante su empleador (el Estado Provincial) por sus inasistencias fue que se encontraba privado de su libertad. A lo que el sumario destacó, se trata de un delito "que atenta la integridad sexual de personas menores, configura una ruptura al deber de observar conducta decorosa fuera del ámbito de la Administración Pública, situación que es inoponible a la Administración Pública, ya que esta última, como dadora del trabajo, lo único que exige es que el Empleado Público se presente a trabajar, y si un accionar suyo, que se produce fuera del ámbito de trabajo y que moralmente inapropiado, cae en la esfera de la responsabilidad exclusiva del agente, e inoponible (se reitera) a la Administración".

Fue sumado al proceso que el agente fue condenado a 12 años de reclusión por considerarlo autor material de los delitos de Abuso Sexual Agravado por la situación de convivencia cometido en forma reiterada y Promoción de la Corrupción de Menores Agravada por la situación de convivencia, en concurso real.

También señala que la sentencia no se encuentra firme por cuanto fue interpuesto Recurso Extraordinario de Casación, "corresponde la continuidad del trámite sumarial a la luz del estado de la causa y la autonomía de la sede administrativa respecto de la penal... () siendo pasible en caso de quedar firme la condena judicial, que se aplique al mencionado agente la sanción de exoneración por ser de mayor gravedad".

 

 

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