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lunes 11 de mayo de 2026

Caso María Cristina Olivares

La causa contra el policía que instruyó la causa, en fojas cero

Es contra un Oficial de Policía que rompió y cambió la declaración de una testigo relacionada a la aparición del cadáver de Cristina y el padre de Palma en ese lugar. Por Gustavo Martínez Puga.
Por Redacción Tiempo de San Juan

Por Gustavo Martínez Puga

Desde el 2 de octubre de 2012, la causa contra el oficial de Policía Antonio Gaitán, no registró ningún movimiento. Eso fue cuando ingresó al Segundo Juzgado de Instrucción, bajo la sospecha de que el uniformado habría cometido el delito de destrucción de un instrumento público durante la instrucción del homicidio de Cristina Olivares, la joven madre pocitana masacrada de 140 puñaladas.

Para Antonio Olivares, la fecha que cambió el policía Gaitán es clave para probar que el padre de Miguel Ángel Palma podría haber sido un encubridor de su hijo en el asesinato de su ex nuera. Además, tanto Olivares como la presunta asesina, Rosa Videla, sostienen que la familia Palma siempre tuvo protección policial para no ser vinculada al homicidio.

EL ORIGEN

Todo empezó cuando la masacre de Cristina estaba fresca y la causa se instruía en la Seccional Séptima de Pocito. El oficial Gaitán era quien hacía la instrucción y entre todos los testimonios que tomó estaba el de Olga Inés Valdivia.

Esa testigo dijo que vio a Miguel Ángel Palma padre pasar tres veces en una camioneta Ford F-100 azul por la Calle 7 y San Miguel, entre las 9.15 y las 9.30 horas del domingo 8 de julio de 2012. Ella vive en ese lugar y estaba haciendo un carneo. Así lo declaró en la comisaría ante el oficial Gaitán.

El cadáver de Cristina fue hallado por otros testigos en la mañana del domingo 8 de julio del 2012 a las 10.30 horas, a 500 metros de la casa de la testigo Valdivia.

Sin embargo, cuando el padre de Cristina leyó la declaración en la comisaría, se dio cuenta de que en el documento decía que la testigo Valdivia había visto a Palma padre el día 7 de julio, es decir, el día anterior a que apareciera el cadáver, cuando aún su hija estaba viva. Entonces, Antonio Olivares fue y habló con la testigo para ver si se había confundido. La mujer le dijo que no, que había visto a Palma padre el domingo 8.

Antonio Olivares fue y se quejó en la comisaría. Entonces citaron de nuevo a la testigo Valdivia y ésta ratificó que había visto pasar tres veces el domingo 8 de julio a Palma padre. Entonces el oficial Gaitán rompió la declaración anterior, en la que él había puesto mal la fecha, y la hizo de nuevo.

Allí es cuando el oficial Gaitán habría cometido un delito, ya que, en lugar de romper la declaración mal hecha, debió dejarla y decir que se corregía.

Para el padre de la víctima, Palma padre pasó por allí porque sabía lo que había pasado y encubrió a su hijo. Incluso, él siempre sospechó que la familia Palma podría haber ayudado a esconder el cadáver de su hija durante la madrugada del domingo y que lo depositaron en el lugar donde apareció el domingo a la mañana.

RECORRIDO DE LA CAUSA

Antonio Olivares ya desconfiaba del oficial Gaitán por dos cosas: “A mí me dijo que no conocía nada ni a nadie de Pocito y después me enteré que vive en Calle 11 y Vidart. Y el día que velaba a mi hija me llamó por teléfono para que me presentara urgente en la comisaría para que dijera dónde velaba a mi hija, dónde la iba a enterrar y quién se quedaba con los dos niños. Yo lo mandé al carajo, porque no me podía molestar en ese momento por esa estupidez”, recuerda Olivares.

Olivares entendió que Gaitán intentó cambiar intencionalmente la fecha que dio la testigo Valdivia para desvincular al padre de Palma del homicidio. Por eso es que fue y lo denunció en la Fiscalía Correccional N°3 de Juan Gálvez.

El fiscal entendió que estaban ante la posible comisión de un delito y realizó el requerimiento para que se investigara. El Cuarto Juzgado Correccional recibió el caso, tomó algunas testimoniales y la jueza de ese momento, Silvia Peña Ruiz entendió que el efectivo policial podría haber cometido un delito más grave, por lo que elevó el expediente al Segundo Juzgado de Instrucción.

El artículo 255 del Código Penal Argentino dice que la pena que le podría caber al oficial Gaitán por ese delito es de 1 mes a 4 años de prisión. Y podría sufrir el doble de tiempo de inhabilitación especial por haber sido el depositario del instrumento público.
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