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miércoles 13 de mayo de 2026

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En la UNSJ sobreseyeron a Nasisi y a Coto y procesaron a dos funcionarios

Es por la muerte del estudiante en Agrimensura, ocurrida el 8 de marzo de 2010, cuando tocó un ventilador y recibió una descarga eléctrica mortal. La justicia federal dictó el procesamiento con penas excarcelables. A Kuchen, el ex rector, nunca lo vincularon penalmente al caso. Por Gustavo Martínez Puga
Por Redacción Tiempo de San Juan

Oscar Nasisi, actual rector de la UNSJ y ex decano de la Facultad de Ingeniería, y Daniel Coto, ex Secretario de Obras y Servicios de la UNSJ, fueron sobreseidos por el juez federal Leopoldo Rago Gallo de la muerte del estudiante de Agrimensura Fernando Reinoso, ocurrida el 8 de marzo de 2010 en la Facultad de Ingeniería. Además, el titular del Juzgado Federal N°2 le dictó auto de procesamiento a Alfredo Daroni (38), ex Secretario Administrativo de la Facultad de Ingeniería y actual Secretario de Bienestar Universitario, y a José Fredy Baldivieso (70), especialista en Higiene y Seguridad y profesor titular e investigador de la UNSJ, por los artículos 84, 248 y 249 del Código Penal, como funcionarios responsables de haber provocado el deceso del estudiante.

Por otro lado, el ex rector de la UNSJ al momento de la muerte, Benjamín Kuchen, nunca quedó formalmente vinculado al caso. En su momento se le tomó una declaración testimonial, por lo que no fue indagado ni se le imputó ningún hecho. La denuncia original había sido hecha por el abogado Cayetano Dara el 29 de marzo de 2010, responsabilizando al ex rector Benjamín Kuchen y al ex Secretario de Obras de la UNSJ, Guillermo Coto.

Además de procesarlos, tanto a Daroni como a Baldivieso, el juez Rago Gallo también les trabó embargo en bienes por 300.000 pesos a cada uno.

Las penas por las que fueron imputados son excarcelables. El Artículo 84 dice que será reprimido con prisión de seis meses a cinco años e inhabilitación especial, en su caso, por cinco a diez años el que por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o inobservancia de los reglamentos o de los deberes a su cargo, causare a otro la muerte”.

El Artículo 248 dice que “será reprimido con prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo, el funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere”.

Y el Artículo 249 dice que “será reprimido con multa de pesos setecientos cincuenta a pesos doce mil quinientos e inhabilitación especial de un mes a un año, el funcionario público que ilegalmente omitiere, rehusare hacer o retardare algún acto de su oficio”.

Mientras que el juez Rago Gallo dictó el sobreseimiento a Nasisi (49) y a Coto (de 46 años, actualmente sin ocupar un cargo en la UNSJ), de los delitos por los que fueron indagados.

Por otro lado, el juez federal decidió citar a declaración indagatoria a Joaquín Domingo Roso (Secretario de Obras y Servicios hasta el 1 de septiembre de 2009, actualmente es Consejero Superior, un cargo electivo, no político), para el lunes 3 de junio, a las 9 horas.
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