Hoy se conoció que, mediante la resolución 65/2016, el ministro de Defensa Julio Martínez ordenó derogar la resolución 85 con fecha 26 de julio de 2013. Esto permite nuevamente que los condenados o procesados por delitos de lesa humanidad vuelvan a atenderse en hospitales de las fuerzas armadas.
Devuelven un beneficio a represores que se había anulado por un caso sanjuanino
La gestión macrista derogó una resolución que prohibía a los represores atenderse en hospitales castrenses. La medida se había dispuesto en 2013 tras la fuga de Olivera y De Marchi, condenados en San Juan por delitos de lesa humanidad.
La disposición de 2013 la había fijado el entonces titular de la cartera, Agustín Rossi, tras la fuga de los represores Jorge Olivera y Gustavo De Marchi, del Hospital Militar Central Cosme Argerich, de Palermo, el 25 de julio de 2013. Ambos marcaron un hito en la historia del país, se convirtieron en los primeros condenados en delitos cometidos durante la última dictadura militar en lograr evadirse de la Justicia, y se investiga aún si hubo connivencia de los que debían custodiarlos como también si las instalaciones militares ofrecieron ventajas para la fuga. Por eso, Rossi estableció la prohibición.
Ahora, para levantar la prohibición, el Gobierno Nacional se basó en un informe de la Procuración Penitenciaria de la Nación titulada "La situación de los Derechos Humanos en las cárceles federales argentinas", donde se advierten varias falencias, además de falta de falta de equipamiento y personal especializado para atender las urgencias médicas de los reclusos.
De Marchi fue recapturado el 4 de diciembre último, mientras que Olivera sigue prófugo.
(Fuente: Página 12)
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