Ley de Medios: El fiscal dictaminó que el artículo 161 es constitucional
Fernando Uriarte sostuvo que el Grupo Clarín ya se encontraba en infracción al régimen de la ley de multiplicidad de licencias de la vieja Ley de Radiodifusión, por lo que no puede alegar afectación de su "situación jurídica".
Uriarte fue cuestionado en los últimos días por el multimedios ya que se encuentra primero en el orden de mérito para el concurso de camarista en el fuero Civil y Comercial. Precisamente el concurso 260 es el que se encuentra también bloqueado –al igual que el 258– por cinco consejeros identificados con la oposición en el Consejo de la Magistratura, y la propia Cámara, por su parte, se ha negado a cubrir las dos vacantes de manera provisoria.
El representante del Ministerio Público Fiscal recordó varios tramos del extenso dictamen jurisprudencial de la Corte Suprema en materia de "control de constitucionalidad" y subrayó lo delicado del planteo de Clarín como una medida extrema contra una ley. "No puedo dejar de destacar la contradicción que exhibe la posición de la parte actora, que cuestiona la aplicación de aquellas disposiciones que la obligarían a desprenderse de la titularidad de determinadas licencias de servicios de comunicación audiovisual y, al mismo tiempo, se queja de la disposición que le impediría, según su argumento, vender tales licencias", derrumbó Uriarte el corazón de la argumentación del multimedios. Además, sostuvo que el planteo de fondo no tiene relación con alguna limitante en la libertad de expresión, hecho que también remarcó el máximo tribunal, sino que el objeto principal de la demanda sólo está vinculado al "irreparable daño patrimonial" que le generaría al Grupo la aplicación de la Ley de Medios. En este aspecto, el fiscal no descartó que de constatarse una afectación futura al patrimonio de la empresa, "no pueda ser eventualmente reparada mediante una indemnización".
Sobre el artículo 41, indicó que "la actora cuestiona la intransferibilidad de las licencias", y "aduce que la prohibición de venta yo transferencia de las licencias de las que actualmente es 'propietaria' viola su libertad de comercio y su derecho de propiedad". Esto también fue rebatido por Uriarte, que recordó que "contrariamente a lo que aduce la parte demandante, la normativa vigente hasta la sanción de la LSCA no permitía la libre transferencia, tanto de las licencias como de las acciones o cuota partes de las sociedades titulares de las mismas, con la sola condición de solicitar la autorización del COMFER". Para intentar dilatar el proceso de fallo sobre la cuestión de fondo, el Grupo Clarín no tendría otro camino ahora que oponerse a esta resolución dictada por la fiscalía.
(Fuente: Tiempo Argentino)
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