La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) dispuso un nuevo requisito para percibir el beneficio de la Asignación Universal por Hijo (AUH): se trata de la pauta de residencia mínima permitida que deberán observar todos los destinatarios de la asignación.
Alerta ANSES: el Gobierno dará de baja todas las asignaciones que no cumplan con estos requisitos
A través de una resolución publicada en el Boletín oficial, se estableció un nuevo requisito para cobrar los beneficios de ANSES.
Así lo dispuso la Resolución 918/2024, firmada por el titular del organismo, Mariano de los Heros, que fue publicada esta semana en el Boletín Oficial.
¿Quiénes dejarán de cobrar AUH DE ANSES?
"Las normas de procedimiento de índole operativa y de control contemplarán que el incumplimiento del requisito de residencia operará cuando la persona titular de la prestación se haya ausentado del territorio de la República Argentina por un período superior al de 90 días corridos", especifica la norma de la ANSES.
¿Cómo se reactiva el beneficio de ANSES si se suspendió?
Una vez suspendido el beneficio, éste solo se activará a pedido del titular siempre que demuestre fehacientemente que se encuentra nuevamente residiendo en el país.
- DNI terminados en 0: martes 8 de octubre
- DNI terminados en 1: miércoles 9 de octubre
- DNI terminados en 2: jueves 10 de octubre
- DNI terminados en 3: lunes 14 de octubre
- DNI terminados en 4: martes 15 de octubre
- DNI terminados en 5: miércoles 16 de octubre
- DNI terminados en 6: jueves 17 de octubre
- DNI terminados en 7: viernes 18 de octubre
- DNI terminados en 8: lunes 21 de octubre
- DNI terminados en 9: martes 22 de octubre