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ATAQUE CANINO

Qué podría pasar con los perros que mordieron a Dilan en Chimbas

Son dos animales que, este jueves, fueron trasladados a un refugio para evitar problemas con los vecinos. Qué opciones tiene la jueza.

Por Redacción Tiempo de San Juan

Este jueves los dos perros que atacaron a un nene de 3 años en la Villa Sarmiento, Chimbas, fueron trasladados de su hogar a un refugio. 

El operativo estuvo a cargo de la Policía Ecológica, la Secretaría de Ambiente y la Secretaría de Seguridad. Con orden de la jueza, los dos perros que mordieron a Dilan Cortez fueron llevados a un lugar al cuidado de una proteccionista hasta que haya dictamen judicial. 

Ahora, será la jueza la que deberá decidir sobre el futuro de los animales dentro del marco de lo que le permite la ley. 

Tiempo de San Juan se comunicó con la proteccionista que tiene a cargo los animales mientras la Justicia decide qué hacer con ellos, su identidad se reserva para protegerla de los escraches. 

"La jueza tiene 10 días pero los perros no pueden ir a la eutanasia porque son perros sanos y la ley no lo permite", explicó la mujer. 

Los dos canes fueron a parar a la casa de esta proteccionista por  un convenio que existe entre Ambiente y distintas ONG de proteccionistas sanjuaninas. En realidad, en el domicilio donde ocurrió el ataque hay otros dos perros más pero esos se quedaron en el lugar porque no fueron los que mordieron al niño. 

Según explicó la proteccionista, las alternativas de la jueza, según lo que marca la ley son dos: o enviar a los animales de vuelta a su casa o moverlos a otra locación. "Pasados los 10 días la Justicia tiene que dictaminar. El dueño también puede decir que los va a mover a otro lugar", explicó. 

Sin embargo, ninguna decisión se tomará hasta que la vivienda sea inspeccionada. "Tienen que ir inspectores que, en lo posible, debería ser un etólogo o veterinario, para ver si la casa está en condiciones para recibir a los animales de vuelta", aseguró. 

POR QUÉ LA EUTANASIA NO ES UNA OPCIÓN EN ESTE CASO

La Ley de Tenencia Responsable de Perros Potencialmente Peligrosos, establece lo siguiente: 

Toda vez que se acredite fehacientemente que un perro comprendido en esta ley, muerda o lesione a una persona u otro animal quedará sujeto a un período de observación de diez (10) días corridos. El plazo se computará desde que el hecho es conocido por la Autoridad de Aplicación o desde el momento en que el animal sea individualizado y ubicado.

Será durante ese plazo marcado por la norma vigente que el veterinario o etólogo estudiarán el comportamiento del animal y verán si es posible que sea recuperado. De hecho, la  misma legislación establece que esa rehabilitación debe realizarse en el domicilio del propietario y durante ese tiempo se hará un seguimiento de los animales. 

La proteccionista también explicó que si el animal está sano, la eutanasia no es una opción. La jueza solo puede determinar "dormir al animal" cuando estos tienen alguna enfermedad o patología que finalmente terminaría con su vida. En el caso de los dos canes que mordieron a Dilan "se trata de perros sanos", explicó la especialista. 

 

 

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