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Medidas anti COVID

Confinamiento nacional estricto para 5 y 6 de junio: ¿qué pasará en San Juan?

El Gobierno Nacional impuso fase 1 para este 5 y 6 de junio.

Por Redacción Tiempo de San Juan

Tras los 9 días de confinamiento estricto, comprendidos entre el 22 y el 30 de mayo, para el próximo fin de semana, 5 y 6 de junio, el Gobierno nacional impuso fase 1 en las zonas más críticas. 

Al respecto, el secretario de Seguridad, Carlos Munisaga, explicó en diálogo con AM1020, que en San Juan "la policía controlará que se cumplan las medidas. Esperamos tener en acatamiento que tuvimos anteriormente, dado que está claro que la disminución de la circulación disminuye el contagio"

Por otro lado, el funcionario expresó que el área de Seguridad está preocupado porque algunos locales gastronómicos promocionan en sus redes eventos musicales para el fin de semana. 

"El comercio no esencial no podrá trabajar el fin de semana y, obviamente, los shows en los lugares gastronómicos están prohibidos"

Estas son las actividades y servicios que quedan exceptuados del nuevo confinamiento

Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, Servicio Meteorológico Nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.

 Autoridades superiores de los Gobiernos Nacional, Provinciales, Municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES; trabajadores y trabajadoras del Sector Público Nacional, Provincial, Municipal y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, convocados y convocadas por las respectivas autoridades.

Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.

Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el Gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el Gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.

Personas que deban asistir a otras con discapacidad, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a niños, a niñas o a adolescentes.

Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.

Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.

Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.

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