Este sábado 1 de mayo la abogada Mónica Lobos, representante del joven que le pidió a su ex pareja que no se practicara un aborto legal, recibió la notificación que los jueces que integran la Sala III de la Cámara Civil tomaron la decisión de concederle la medida cautelar.
Según explicó a Tiempo de San Juan la dra. Lobos, "esta Sala rechazó la sentencia de primera instancia y concedió la medida cautelar. Esta medida es una medida de no innovar; implica proteger la vida del niño por nacer y proteger los derechos del progenitor y ejerciendo la responsabilidad parental, se protege el estado del embarazo".
Primer revés de la causa
El viernes 23 de abril la jueza Marianela López, titular del Primer Juzgado de Familia, se declaró incompetente. Esto, luego de que el hombre, identificado como Franco S., presentara una medida cautelar en su juzgado con la idea de frenar la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE).
En su resolución, la magistrada argumentó que: “entrando en el análisis de la medida cautelar de no innovar solicitada (….), cuyo objeto es la “protección de la vida de la persona por nacer, regulada en los artículos 19, 20 y 21, ss y cc del Código Civil y Comercial de la Nación, resulta que el mismo excede el ámbito de la competencia otorgada a los Juzgados de Familia de la Provincia de San Juan, conforme a los art. 53 de la Ley Orgánica de Tribunales (Ley 358-E), correspondiendo su tramitación por ante la Justicia Civil Ordinaria”.
Rechazo previo
El lunes 26 de abril la jueza del Juzgado Civil nº 11, Amanda Días, rechazó la medida cautelar presentada por el padre para evitar que su pareja se realice un aborto.
La magistrada, que recibió la causa luego de que la Justicia de Familia se declarara incompetente, desestimó el requerimiento del padre que busca impedir el aborto y, en su resolución, indicó que el pedido no había sido bien fundamentado, por lo que rechazó la petición.
Luego de esta situación, la defensa del padre apeló el fallo de la magistrada.