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domingo 22 de marzo de 2026

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Dónde voto, puedo entrar acompañado al cuarto oscuro y otras dudas: lo que hay que saber estas elecciones

Desde las 8 de la mañana se habilitaron las mesas para votar, pero antes de acudir a las urnas, hay algunas cuestiones a tener en cuenta para desarrollar una jornada electoral en armonía.

Tras algunos impedimentos judiciales que coparon la polémica, finalmente los sanjuaninos esta jornada elegiremos a quienes manejaran los destinos de San Juan durante los próximos cuatro años. En el cuarto oscuro encontraremos 10 fórmulas que buscan la gobernación, y el voto de cada ciudadano será más que importante; es por ello que hay que evitar cualquier irregularidad que haga perder el voto.

Tiempo de San Juan elaboró una amplia guía para que ingreses al cuarto oscuro con todo lo que necesitas saber.

¿En qué horario se puede votar y dónde?

Los comicios arrancan a las 8 de la mañana, con la habilitación de las mesas, y finalizan a las 18 horas. Si posterior a ese horario hay personas en el interior de los establecimientos educativos haciendo fila para votar, sus votos serán válidos, pero posterior a ese horario no se podrá ingresar a las escuelas.

Con relación al lugar donde se vota, los electores sanjuaninos emitirán su voto en el mismo establecimiento en el que lo hicieron el pasado 14 de mayo. Si tienes alguna duda o no lo recuerdas, puedes averiguarlo consultando en el Padrón Electoral.

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¿Se puede ingresar con compañía al cuarto oscuro?

Absolutamente nadie puede ingresar con un acompañante al cuarto oscuro. En el caso de padres que lleguen con sus hijos pequeños, quedará a disposición del presidente de mesa si ingresan o no. En caso que no permita el ingreso del menor, por distintos motivos, la criatura quedará al cuidado de un efectivo de la Policía de San Juan o una persona que la autoridad de mesa indique.

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Lo mismo sucede en el caso de las personas que acuden a votar con bolsos, carteras, mochilas o similar. La autoridad de mesa puede indicar que el objeto se debe fuera del cuarto oscuro, y el elector deberá obedecer.

¿Las personas con discapacidad pueden estar acompañadas?

Durante la fila sí, pero el ingreso al cuarto oscuro debe ser en solitario. Lo que sí puede suceder es que el presidente de mesa ingrese junto con el elector, o indique a alguien que detalle las boletas que se encuentran, sobre todo en caso de personas con dificultades para ver.

Una vez detallada cada boleta y los candidatos, se debe dejar a la persona sola para que elija su voto.

¿Puedo usar una boleta de las elecciones del 14 de mayo?

La respuesta es no. Desde el Tribunal Electoral Provincial confirmaron que todos los votos de las elecciones pasadas, sean boletas enteras o votos cortados con la categoría en competencia no serán válidos.

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¿Qué no se podrá hacer durante la jornada?

Si bien el Tribunal Electoral flexibilizó algunas restricciones para la jornada, otras siguen vigentes.

El artículo 54 del Código Electoral establece que no están permitidos los espectáculos populares al aire libre o en recinto cerrados, espectáculos deportivos y toda clase de reuniones, salvo que cuenten con la habilitación emitida por la autoridad competente, a tramitarse en el Tribunal Electoral. La restricción se levanta a las 21 horas.

También está prohibida la difusión y publicación de cualquier tipo de encuesta y proyección electoral hasta las 20 horas.

En lo que respecta la venta de alcohol, la misma estará habilitada cuatro horas después de cerrados los comicios, es decir, a partir de las 22 horas.

¿En qué caso un elector puede ser multado o incluso detenido?

Si por algún motivo se viola el Código Electoral, los efectivos de la Policía de San Juan que se encuentran en cada establecimiento educativo pueden reducir al elector, que podría recibir desde una multa hasta días de prisión.

Así, por ejemplo, si el elector revela a quien va a votar, puede pasar de 3 a 15 días detenido; por otro lado, si porta alguna bandera, distinto o indumentaria alusiva a algún candidato o partido político, puede recibir una multa económica de entre $4.500 a $45.000, de acuerdo a la gravedad del hecho, o por el contrario puede ser detenido por el plazo de 15 días.

Si una persona entrega votos cerca de las escuelas, en un radio menor a 80 metros de cada establecimiento, y es descubierto, deberá afrontar una multa que va de los $3.000 a $6.000.

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