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Sesión

Picoteo en la Legislatura por cambios en las contrataciones del Estado para reabrir el Hotel Provincial

El orreguismo logró aprobar sobre tablas un cambio en la Ley de Contrataciones, pese a la resistencia del PJ que se abstuvo de votar.

Por Redacción Tiempo de San Juan

El orreguismo junto con aliados logró aprobar en la sesión de este jueves en la Legislatura de San Juan cambios en la Ley de Contrataciones Provincial. La movida apurada del oficialismo que tuvo tratamiento sobre tablas, generó la queja del Interbloque PJ que tras perder la votación para mandar el proyecto a comisión para debatirlo, se abstuvo al momento de levantar la mano que finalmente dio luz verde a la reforma pedida por Marcelo Orrego.

Según fuentes calificadas, se requería esta modificación para avanzar con la licitación de la concesión del Gran Hotel Provincial, que cerró el 1 de julio por remodelaciones y a la espera de un nuevo operador, tras terminar su contrato el Grupo América, que manejó este icónico alojamiento sanjuanino durante 20 años.

Desde el inicio de la sesión, el proyecto generó roces. Lo presentó el jefe del bloque Producción y Trabajo, Juan Córdoba, introduciendo la incorporación del mensaje del Poder Ejecutivo por el cual se efectuó un agregado al artículo 17 en su inciso 10 de la Ley 2000-A, que es la ley que rige contrataciones del Estado.

La justicialista Marisa López hizo el intento de pasar el proyecto a comisiòn, argumentando que la norma regula las compras públicas de todo el Estado provincial, de los tres poderes del Estado y que "es tan significativo e importante la transparencia de todos los actos que celebra el Estado, por lo que solicitamos que el expediente 1678 pase a comisión y con aplicación del artículo 154, es decir, de preferencia con fecha determinada".

El diputado Córdoba insistió con la necesidad oficial de tratar el proyecto inmediatamente. Y argumentó que "conforme a lo que se nos ha informado a nosotros desde el Ejecutivo y que ha sido comentado con el resto de los diputados, nosotros obtenemos el pedido de que sea tratado sobre tablas este expediente, por cuanto hay una urgencia respecto de un proceso licitatorio, de un bien de dominio privado del Estado y, debido a eso, la premura". Esto referenciaría a la situación del Gran Hotel Provincial.

La pulseada entre ambos sectores terminó con 18 votos a favor de la propuesta de Córdoba y 15 votos en contra. Así, luego,el expediente fue tratado y aprobado sobre tablas al final de la sesión, con 19 votos a favor y sin apoyo del PJ. Antes, el giojista Mario Herrero dio su argumento para pedir que todo el interbloque se abstuviera de votar. "Desde el interloque Justicialista entendemos que la modificación propuest resulta innecesaria desde el punto de vista jurídico porque en los bienes de dominio privado del Estado, el Estado tiene la libre administración y disposición, por eso es que no existe una normativa específica" .

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Los cambios

Lo que el oficialismo convirtió en ley fue la incorporación dentro de las modalidades contractuales previstas por la Ley 2000-A, que es la ley que regula el Régimen de Contrataciones de la provincia, una figura específica destinada a regular las contrataciones que el Estado Provincial celebra con particulares respecto de bienes de su dominio privado.

El artículo 17 de la ley enumera las distintas modalidades de contratación vigentes, incluyendo en su inciso noveno la concesión de usos de bienes de dominio público, pero no contemplaba, o al menos no lo hacía hasta ahora en forma expresa y diferenciada, las contrataciones que versan sobre bienes de dominio privado estatal, se argumentó.

"Esto puede generar ambigüedad tanto en el procedimiento aplicable como en el encuadre legal lo cual atentaría contra principios de legalidad, transparencia y eficiencia que deben regir la actividad administrativa. Si bien estos contratos no se encuentran excluidos del régimen general, o sea que el artículo 7 establece cuáles sí se encuentran excluidos, en consecuencia le son aplicables los procedimientos de selección de contratistas, su naturaleza jurídica distinta de los bienes de dominio público y exige un tratamiento autónomo", sostuvo el legislador orreguista.

Y apuntó que "el dominio privado del Estado está integrado por bienes que no están afectados a un uso público directo, pueden ser objeto de reacciones jurídicas semejantes a las del derecho privado sin perjuicio de su sometimiento al control y al régimen administrativo".

El nuevo inciso 10 hoy agregado tiene como fin incorporar la contratación de uso de bienes de dominio privado del Estado como modalidad contractual específica. Este instrumento resulta idóneo para encuadrar contratos de locación, uso productivo, explotación comercial, sesión onerosa o convenios similares sin encorsetarlos erróneamente en la figura de la concesión que corresponde exclusivamente a los bienes de dominio público.

El fundamento práctico y las necesidades de la incorporación normativa encuentran sustento en la existencia de numerosos inmuebles de dominio privado del Estado Provincial que por su ubicación, valor patrimonial o potencial de uso requieren un tratamiento contractual ordenado, transparente y eficaz, postuló el diputado.

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Entre ellos, mencionó, están el Parque de Zonda, la Confitería de la Hostería de Zonda, el Hotel Termas de La Laja, la Confitería del Museo Provincial Franklin Rawson, el paraje de la Difunta Correa, la Confitería Complejo Auditorio y el Hotel Provincial.

El diputado fundamentó también que "diversas provincias argentinas han avanzado en esta línea regulatoria reconociendo expresamente la especificidad de los contratos sobre bienes estatales de dominio privado tales son los casos de la provincia de Buenos Aires, la provincia de Córdoba, la provincia de Mendoza y la provincia de Salta. Estas legislaciones provinciales reflejan una tendencia hacia la institucionalización y regularización de las contrataciones que involucran bienes de dominio privado del Estado. Sería conveniente que San Juan también lo tenga".

El diputado Córdoba remarcó que "el ordenamiento jurídico sanjuanino requiere en consecuencia incorporar esta modalidad contractual a fin de dotar de mayor seguridad jurídica, previsibilidad y eficacia a los procedimientos en que el Estado concede el uso de sus bienes privados".

Y concluyó: "Esto facilitará tanto el control administrativo como la responsabilidad de los funcionarios intervinientes brindando además un marco claro para los particulares interesados en desarrollar actividades legítimas en estos espacios mencionados".

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