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viernes 20 de marzo de 2026

Movida

Milei buscaría la Ley Ómnibus en plebiscito: ¿Cómo funciona?

En el entorno más cercano de Javier Milei se habla cada vez con mayor frecuencia de llamar a un plebiscito para que los argentinos opinen sobre la Ley Ómnibus.
Por Guido Berrini

La caída de la sesión de este martes en la que se debatía artículo por artículo la Ley de Bases, o Ley Ómnibus, terminó en una batalla en redes sociales y medios de comunicación, en la que el oficialismo salió a la “caza de traidores” entre los diputados y gobernadores que habrían incumplidos ciertos acuerdos parlamentarios.

Con la sesión caída y la vuelta a comisión, la aprobación en general de la norma desapareció. Y debería ser tratada desde 0.

La furia oficialista contra opositores, más, y menos, amigables, permite avizorar un horizonte político con acuerdos cada vez más difíciles. Por eso, desde lo más cercano del presidente se comenzó a hacer circular la chance de que se llame a un plebiscito, para que los argentinos voten por sí o por no a la enorme caja de herramientas que el Ejecutivo había puesto a consideración del Congreso.

Cómo funcionaría el plebiscito

Un plebiscito es, en síntesis, una consulta popular directa, establecido en Argentina por la Ley 25.432. En este sentido, hay dos tipos de consulta popular: vinculante y no vinculante.

En la vinculante, según el artículo 1 de la norma, "el Congreso de la Nación, a iniciativa de la Cámara de Diputados, podrá someter a consulta popular vinculante todo proyecto de ley con excepción de aquellos cuyo procedimiento de sanción se encuentre especialmente reglado por la Constitución Nacional mediante la determinación de la cámara de origen o por la exigencia de una mayoría calificada para su aprobación".

La ley de convocatoria a consulta popular, además, deberá tratarse en una sesión especial y ser aprobada con el voto de la mayoría absoluta de miembros presentes en cada una de las Cámaras. El voto, en este caso será obligatorio.

En la no vinculante, todo asunto de interés general puede ser sometido a consulta popular, "con excepción de aquellos proyectos de ley cuyo procedimiento de sanción se encuentre especialmente reglado por la Constitución Nacional".

La convocatoria realizada por el Poder Ejecutivo Nacional, que en este caso sería no vinculante, debe ser establecida a través de un decreto decidido en acuerdo general de ministros y refrendado por todos ellos. En este caso, los ciudadanos no están obligados a ir a votar.

Pero, si no es vinculante, ¿para qué convocaría Milei al referéndum?

La Ley Ómnibus podría ir ingresando por partes al Congreso durante todo el período de sesiones ordinarias y un resultado positivo en un plebiscito, aunque no normaría nada, podría servir como elemento de presión sobre los legisladores, poniéndolos contra la voluntad declarada del pueblo en la consulta si rechazaran los proyectos.

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