En los tribunales de San Juan a partir del mes que viene regirá un nuevo régimen laboral que habilitará a los empleados a elegir entre dos horarios para entrar a trabajar. Así lo dispuso la Corte de Justicia, a través del Acuerdo General N° 47/2024, en el que acordó sustituir el sistema de registro de entrada y salida mediante reloj biométrico, por el sistema informático habilitado en el aplicativo Mi Legajo y la posibilidad de optar por el horario de ingreso a las 7 o a las 7.30 horas. Ambos cambios rigen a partir del 15 de junio de 2024 y es para el personal bajo superintendencia de la Corte de Justicia.
Los empleados judiciales de San Juan podrán elegir a qué hora entrar a trabajar
Lo dispuso la Corte de Justicia a través del Acuerdo General N° 47/2024. Cambia el sistema de registro de ingreso y salida y se podrá optar por el horario de entrada.
Por otro lado, se informó que se mantiene como único horario de atención al público el turno matutino, de 7.30 horas a 13.30 horas. A los fines de lograr una mejor adaptación al nuevo sistema de registro de ingreso y salida, el Acuerdo N.º 47/24 dispone que quedarán ambos en uso simultáneo hasta el 14 de junio de 2024 inclusive; quedando a partir del 15 de junio como único sistema el aplicativo de Mi Legajo a través de la PC del puesto laboral.
El acuerdo también dispone que “rija a partir del día 15 de junio de 2024 la restructuración horaria para los turnos matutinos de 7 a 13 horas o de 7.30 a 13.30 horas, para el personal en general, y de 6.45 a 13.15 o de 7.15 a 13.45 horas para el personal que integra el Escalafón Maestranza”.
Cómo se implementará el nuevo régimen laboral
Por Presidencia de la Corte de Justicia se aprobó el siguiente instructivo elaborado por la Dirección de Recursos Humanos para optar por el horario de ingreso:
1) Todos los agentes judiciales alcanzados por el Acuerdo General N° 47/24 deberán manifestar vía mail institucional a su Superior, la elección personal, anual, del horario laboral: de 7 a 13 h o de 7.30 a 13.30 h.
2) En esta primera oportunidad, la opción deberá expresarse hasta el día 31 de mayo del año en curso. Dentro de la primer quincena del mes de febrero de cada año se podrá solicitar la modificación del horario, caso contrario, se mantendrá el horario que oportunamente se eligió.
3) Una vez que el Superior reciba las opciones del personal a su cargo, y estime que se encuentra garantizado el horario de atención al público (7.30 a 13.30 h), elevará un reporte al Departamento de Personal (deptopersonal@jussanjuan.gov.ar), con una nómina del personal a su cargo y el horario de cada agente, para su cumplimiento hasta el periodo mencionado en el punto 2 del presente.
4) El tiempo de elevación de este reporte, será hasta el día 7 de junio de 2024.
5) En el mismo reporte, además, se deberá individualizar aquellos agentes que no tienen asignado un puesto informático, a efectos de poder excepcionarlos del marcado por el aplicativo “Mi Legajo”, y que continúen mediante reloj biométrico.