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domingo 26 de abril de 2026

Pandemia

Todas las nuevas medidas que anunció Alberto Fernández para el país

Las nuevas restricciones tendrán vigencia desde este 1 de Mayo, inclusive, hasta el 21 de Mayo.
Por Redacción Tiempo de San Juan

Alberto Fernández sorprendió esta mañana y anunció las nuevas medidas para contener la segunda ola de coronavirus en un mensaje televisivo que grabó en la Quinta de Olivos. No fue el contenido de su discurso lo que llamó la atención, sino el horario del mismo, que se esperaba para más tarde, luego de una nueva ronda de consultas con gobernadores y funcionarios que finalmente no se concretó.

“Yo no tengo rencores para con nadie, tengo un único enemigo que es el virus, en los próximos días enviaré un proyecto de ley al Congreso de la Nación para que en función de criterios científicos claros y precisos se me faculte como presidente de la Nación y se faculte a gobernadores y gobernadoras a tomar restricciones y medidas de cuidado durante esta situación excepcional. De este modo estoy ratificando mi vocación de diálogo. La pandemia nos exige una responsabilidad inmensa. Convoco a todos y todas a que sigamos redoblando unidos y unidas los cuidados y la vacunación en las próximas semanas”, expresó el Presidente. 

Una por una las medidas, que tendrán vigencia desde el 1° de Mayo al 21 de Mayo, inclusive.

️MEDIDAS GENERALES TODO EL PAíS:

VIAJES GRUPALES: Se suspenden los viajes grupales de Egresados y Egresadas, de Estudio y de Grupos Turísticos.

REUNIONES SOCIALES: Se suspenden las reuniones sociales de más de 10 personas. 

PERSONAS DE RIESGO: Suspensión de asistencia al trabajo para personas de riesgo.

MEDIDAS PARA ZONAS DE RIESGO SANITARIO Y EPIDEMIOLOGICO MEDIO 

Es facultad y responsabilidad de gobernadores/as adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios.

MEDIDAS PARA ZONAS DE ALTO RIESGO SANITARIO Y EPIDEMIOLOGICO 

REUNIONES SOCIALES:

Se suspenden actividades sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.

Se suspenden reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas 

DEPORTES:

La práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas 

Casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta. 

HORARIO DE CIERRE GASTRONOMIA: Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23hs 

PROHIBICION DE CIRCULACION:

Se prohíbe la circulación entre las 00.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.)

AFORO: Se establece un aforo de 30% para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y afines; locales gastronómicos; gimnasios.

DISPOSICIONES LOCALES Y FOCALIZADAS DE CONTENCION: para limitar la circulación por horarios, por zonas o determinadas actividades, teniendo en cuenta el estatus sanitario. Estas medidas podrán adoptarse también en los lugares de alto riesgo o riesgo medio y respecto de partidos y departamentos de menos de 40.000 habitantes.

MEDIDAS PARA ZONAS DE ALERTA EPIDEMIOLOGICA Y SANITARIA

ACTIVIDADES SUSPENDIDAS:

Centros comerciales y shoppings.

Las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados. 

Locales comerciales entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente, con excepción de los esenciales con horario nocturno.

Restricción en ámbito educativo.

Se suspenden las clases presenciales y las actividades  educativas no escolares presenciales en los todos los niveles. 

DEPORTES: Se prohíben los deportes grupales. 

Casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta. 

HORARIO DE CIERRE GASTRONOMIA: entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente. Luego de las 19 podrán continuar bajo las modalidades delivery. En los horarios autorizados de funcionamiento, sólo podrán atender a sus clientes en espacios habilitados al aire libre.

PROHIBICION DE CIRCULACION: Se prohíbe la circulación entre las 20.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.)

TRANSPORTE PUBLICO: solo para esenciales y autorizados.

Cabe destacar que el país fue dividido en cuatro categorías de acuerdo la situación sanitaria de cada localidad. Para ello se tuvo en cuenta tres factores: Razón (aumento de casos en los últimos 14 días), incidencia (cantidad de casos por población) y ocupación de camas UTI.

Repasá todo el discurso del Presidente:

 

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