El Tribunal Oral Federal de San Juan declaró "inconstitucional” el pedido del represor Alejandro Víctor Manuel Lazo que se le aplique la ley del 2x1 en el cómputo de la pena por delitos de lesa humanidad al que lo había condenado el mismo tribunal en 2013. Con las firmas de los jueces,
Cortés: “Con el criterio de la Corte, cualquiera podría pedir que se aplique una ley pasada y derogada”
El juez Héctor Cortes, que integra el Tribunal junto a Alejandro Piña y Raúl Fourcade, explicó en Radio universidad que "fue una decisión unánime, colegiada de los 3 respecto de la solicitud de la defensa del señor Lazo”.
"Intercambiamos opiniones, deliberamos y entendimos que el principio que la Corte había revivido para aplicar a este cómputo de pena era inconstitucional. Tomamos el camino del principio de igualdad, del artículo 16 de la Constitución Nacional. Los hechos graves y aberrantes no pueden estar más beneficiados que los comunes, esto era injusto y desproporcionado”, analizó.
"Y en concreto, en el caso de Lazo, no había permanecido en prisión preventiva durante el momento en que regía la ley, sino a posteriori. Según el argumento de la Corte cualquier persona podría pedir que se aplique una ley pasada, y derogada”, argumentó.
"Decidimos ir al fondo de la cuestión, y declaramos la constitucionalidad, y la no aplicación a este caso concreto. Y había otros argumentos para la inconstitucionalidad también”, advirtió.