Excitados. Así está un gran sector de Tribunales por la implementación del proceso de flagrancia. Es que, más allá de que la reforma judicial promete acelerar notablemente la resolución de las causas penales, en el fondo el cambio es más profundo para el funcionamiento actual de la Justicia: el juez se dedicará a juzgar y a garantizar el proceso, el fiscal será el que investigue y una oficina organizará las audiencias y toda la actividad administrativa judicial. Todo un mundo nuevo que promete subsanar viejos reclamos.
Flagrancia: la Justicia va al barrio
Cómo será el nuevo sistema penal para los casos in fraganti. Dos grandes cambios: el fiscal irá a las comisarías e investigará y le sacarán el trabajo administrativo al juez para que sólo juzgue. Por Gustavo Martínez Puga.
Básicamente, con la Ley de Flagrancia se juzgará y se resolverá definitivamente la causa en un plazo máximo de 10 días (hoy en día el promedio es de más de un año) a los delincuentes que sean atrapados in fraganti (cometiendo el delito o en los instantes posteriores) en casos de hechos graves que tengan penas de 3 a 15 años de prisión (por ejemplo: robo, homicidio, abuso sexual).
Por ahora lo de la flagrancia es un anteproyecto que mandó el gobierno de Uñac e ingresó oficialmente en la última sesión a Diputados para que lo traten y lo conviertan en ley. Es una prioridad total para el ministro de Gobierno, Emilio Baistrocchi, y esta vez la medida tuvo un amplio apoyo en la Corte de Justicia y en la Fiscalía General de la Corte.
Tal vez el cambio que más impactará en los ciudadanos será la presencia de la Justicia en cada barrio. Es porque ahora habrá un fiscal trabajando codo a codo con la Policía en cada comisaría.
Para ello se piensa crear toda una estructura afectada únicamente a la flagrancia: 2 Fiscales Jefes, 4 Agentes Fiscales y 12 Ayudantes Fiscales con rango de Secretario de Cámara. Éstos últimos serán quienes estarán de satélite para ir inmediatamente al lugar que un delincuente es atrapado in fraganti cometiendo un delito.
Eso significa que con la flagrancia debutará en la Provincia la investigación fiscal. Es un viejo anhelo contemplado legalmente que nunca se puso en práctica. Y también es un cambio de fondo, ya que se pasa del sistema inquisitorio (en el cual el juez instruye y juzga) al acusatorio (el fiscal investiga y el juez sólo juzga).
El sistema de flagrancia implicará la creación de cuatro Jueces de Primera Instancia y de cuatro Defensores
Oficiales para garantizar el derecho a defensa.
Todo el proceso de flagrancia estará concentrado en un solo edificio que el Poder Judicial de San Juan buscará y acondicionará.
Una de las estrellas debutantes del sistema es la OGA (Oficina de Gestión de Audiencias). Tendrá una dirección con dos jefes y 12 empleados del escalafón Administrativo y Técnico con conocimientos en informática.
La misión de la OGA será la de sacarle al juez y al fiscal las tareas administrativas o de operación. Eso permitirá que los magistrados se dediquen sólo a las cuestiones jurídicas y no tengan que perder tiempo organizando el funcionamiento de la Justicia. Ese es un viejo reclamo del fuero penal sanjuanino.
Todos esos cambios tienen un solo objetivo: acortar los tiempos de las causas penales.
El sistema prevé que todo sea ágil y exige que como máximo en 10 días el detenido ya tenga una resolución judicial.
Por ejemplo, una vez que una persona es aprehendida in fraganti cometiendo un delito o minutos después, la policía tendrá la obligación de comunicar de inmediato (por cualquier vía) al fiscal de flagrancia. El fiscal tiene un día hábil para hacer las actuaciones, prorrogable excepcionalmente por un día más.
El fiscal presenta el caso ante el juez de flagrancia, con la presencia del detenido y de su abogado. A diferencia del sistema actual, todo será oral: la acusación del fiscal y la defensa del sospechoso.
Presentadas las pruebas y determinado como un caso de flagrancia (caso contrario se derivará a otro fuero), se fijará una Audiencia de Finalización, en un plazo no superior a los 7 días. Salvo para los casos excepcionales para la producción de pruebas, se podrá prorrogar esa audiencia a los 10 días de detenido el sospechoso.
En esa audiencia final el juez de flagrancia resolverá ahí mismo el caso. En caso de condena, también la dirá en el momento y tendrá 5 días para la fundamentación. Lo que allí se resuelva no se puede recurrir, salvo que se vulnere gravemente un derecho, una de las partes podrá ir en apelación ante la Cámara Penal.
Otros de los grandes cambios del proceso de flagrancia es que se evitará llevar al sospechoso a la cárcel de Chimbas mientras se lo juzga. Eso traerá varios beneficios. El principal es que el aprehendido no se mezclará con los procesados y condenados. Y esa medida también descomprimirá al Penal, donde un gran porcentaje de su población son meros sospechosos que esperan una resolución judicial.
Para que el proceso de flagrancia se ponga en práctica falta que el Poder Legislativo apruebe la ley, que el Ejecutivo la reglamente y que el Judicial la ponga en práctica. En la Corte de Justicia estiman que para febrero o marzo próximo podría estar en práctica.
Quiénes quedan excluidos
Hay tres sectores que el proceso de flagrancia no incluirá.
Uno de ellos son los menores de 18 años. En ese caso el sistema seguirá como está hasta ahora, más allá de que un menor sea atrapado in fraganti. Para el caso que los detenidos sean mayores y menores, el sistema de flagrancia se aplicará sólo al mayor.
El segundo sector que queda afuera de la flagrancia es la Segunda Circunscripción Judicial. Por lo tanto, los delincuentes in fraganti que sean atrapados en Jáchal e Iglesia no serán sometidos a ese proceso.
Y el tercer sector excluido de la flagrancia son los delitos de instancia privada, tales como calumnia e injuria; violación de secreto; incumplimiento de los deberes de asistencia familiar.
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