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domingo 12 de abril de 2026

VA POR UNA NUEVA LEY

Macri destrabó la venta de tierras a extranjeros

El presidente cambió la reglamentación de la Ley de Tierras, sancionada en 2011, para “alentar inversiones extranjeras”. En qué consiste.
Por Redacción Tiempo de San Juan
En síntesis, el presidente Mauricio Macri modificó la reglamentación que hiciera Cristina Kirchner de la Ley de Tierras (26.737) y disminuyó las restricciones para la venta de campos a extranjeros.

Sin embargo, el oficialismo impulsaría una nueva norma para eliminar los topes, algo que promete una fuerte polémica habida cuenta de que dirigentes de la UCR, Elisa Carrió y peronistas siempre defendieron la necesidad de límites a la extranjerización de tierras rurales, señala un informe de Parlamentario.com.

El decreto reglamentario 820/16 publicado el miércoles en el Boletín Oficial busca facilitar la llegada de inversiones productivas de capital extranjero en todo el país a través de la regulación de situaciones que no habían sido contempladas en el decreto 274 del 2012, que legalizó el límite a la extranjerización del suelo nacional.


La Ley de Tierras tuvo por finalidad establecer límites a la titularidad por parte de extranjeros de tierras rurales en la Argentina, disponiendo el artículo cinco que a través de un reglamento se determinase los requisitos a observar por las personas físicas y jurídicas extranjeras para acreditar el cumplimiento de las disposiciones de tal norma.



"El Decreto 274/12 cumplió en forma parcial e incompleta con ello, no previendo situaciones que surgen frecuentemente en el comercio e inversiones inmobiliarias", afirmaron expertos a Telam, quienes remarcaron que "el nuevo Código Civil y Comercial en el 2015 produjo nuevas lagunas regulatorias".



Qué cambió con el decreto

1. El nuevo decreto define que se considera titular extranjero a quien sea titular de "más del 51% del capital social de una persona jurídica". En cambio, la iniciativa del kirchnerismo definía como extranjero a quien sea titular de "un porcentaje superior al veinticinco por ciento (25%)".

2. La vieja reglamentación advierte que los titulares extranjeros no pueden adquirir más de 1000 hectáreas cada uno, o su equivalente en la zona núcleo -que es la más productiva y está delimitada en el norte bonaerense, el sudeste de Córdoba y el sur de Santa Fe-.  En cambio, el nuevo decreto presiona a las provincias para que en los próximos 30 días definan esas "equivalencias", en alusión a los límites de hectáreas que se pueden adquirir en cada distrito. En caso contrario, la resolución del Gobierno advierte que el Consejo Interministerial de Tierras Rurales "fijará las equivalencias".

3. El Gobierno definió también que no habrá restricciones para aquellas tierras que se encuentren en "Zona Industrial", "Área Industrial" o "Parque Industrial". El decreto indica que "dicha superficie no será computada a los fines de los límites fijados" en la Ley de Tierras Rurales.

Así, las zonas industriales no tendrán límite del 15% del territorio nacional, provincial o municipal; ni las 1000 hectáreas en zona núcleo, ni estarán afectados por el artículo que sostiene que "en ningún caso" personas físicas o jurídicas "de una misma nacionalidad extranjera, podrán superar el treinta por ciento (30%) del porcentual asignado en el artículo precedente a la titularidad o posesión extranjera sobre tierras rurales".

 
Fuente: Parlamentario.com
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