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domingo 22 de marzo de 2026

A Casación

Las dos fuertes críticas de la fiscal Torres al fallo contra el cura Walter Bustos

Tras conocer los fundamentos de la sentencia contra el religioso que sorprendió por lo leve que fue, curiosamente, la defensa también acudirá a la Corte por disconformidad.
Por Luz Ochoa

Tiempo de San Juan publicó en exclusiva los cuatro argumentos más importantes que sostuvo un juez para condenar al cura Walter Bustos a 1 año y 8 meses de prisión condicional. En ese contexto, tanto la fiscalía como la defensa presentaron un recurso de Casación y le explicaron a este diario cuáles fueron las claves de los cuestionamientos que buscarán modificar y encausar el fallo, ya sea hacia una pena mayor o bien a la absolución.

Si bien la fiscal de Cámara Marcela Torres realizó un amplio planteo contra la sentencia de Víctor Muñoz Carpino, magistrado de la Sala I que condenó al religioso por abuso sexual simple, la funcionaria del Ministerio Público basó su presentación en la Corte de Justicia en dos fuertes críticas.

Es que además de catalogar las consideraciones en el dictamen como arbitrarias, incoherentes y hasta poco fundamentadas, la fiscal apuntó fuerte a los dos agravantes que el juez descartó de la calificación: el daño psicológico y la condición de Ministro de Culto.

Más allá de que para Torres, el juez desechó la acusación por la segunda víctima -cuando había pruebas suficientes para sostenerla- y de que los abusos que cometió Bustos fueron ultrajantes -por la perversión y la promiscuidad con la que se manejó en perjuicio de los menores-, donde más hizo hincapié en su descargo fue en los agravantes que eliminó y ello alivianó la pena.

"Hubo daño psicológico en la víctima, lleva 5 años de terapia. Que tenga resiliencia no significa que no haya sufrido un perjuicio o un daño crónico", manifestó la funcionaria al mismo tiempo que indicó que los argumentos que utilizó el juez fueron insólitos.

En una parte de la resolución, el magistrado afirma que el chico mejoró en la escuela, hace un deporte y hasta tiene novia. Esos datos para la fiscal, aunque son reales, no hacen a la cuestión de fondo y no son indicadores de nada. Lo mismo que expresó que tampoco tiene valor lo que pueda decir su hermano, quien en el juicio dijo haberlo visto bien, de buenos ánimos. "El testigo no es un médico. Puede decir lo que ve, lo que cree, pero su palabra no puede ser tomada de tal forma para decidir", agregó palabras más, palabras menos.

Tampoco dejó de reconocer el calvario de la víctima que "perdió a su madre", ya que durante el debate la progenitora dejó en claro que no le creía a sus hijos y que pensaba que todo era parte de un plan para vengarse de ella por la separación de sus padres.

Por otro lado, el agravante que Muñoz Carpino desestimó fue el de su condición de Ministro de Culto; en este caso, un sacerdote de la Iglesia Católica. Además de que señaló que no estuvo bien fundado el rechazo, destacó que el mismo Artículo 119 del Código Penal, en su cuarto párrafo, apartado b, sostiene que basta con el sólo hecho de que sea cometido por el ministro de algún culto.

"En ningún momento se especifica que los abusos deben ser cometidos en contexto religioso, ya sea una misa, una confesión o en un retiro espiritual. El abuso es más grave porque lo comete un ministro de culto y con eso basta", agregó la fiscal que aclaró que su interés no está enfocado en la pena, sino más bien en la calificación y que la misma debe corresponderse con la realidad de los hechos investigados.

En las antípodas de la postura de Torres se encuentra la defensora de Walter Bustos, Sandra Leveque, quien analizó atentamente el fallo emitido por el juez tras dictar sentencia y consideró que también debía acudir a Casación. En este caso, la letrada presentó un recurso que cuestiona parcialmente el fallo.

A pesar de que le vino como anillo al dedo que su señoría descartara a la segunda víctima y que le quitara los agravantes a la única acusación, para la defensa técnica lo más justo habría sido la absolución del cura "por entender que no existen pruebas que respalden esa condena, además de las contradicciones de la supuesta víctima".

En primera instancia, la abogada había solicitado que se lo absolviera y en orden subsidiario sugería que la calificación fuera menor, es decir de "abuso sexual simple, calificado por resultar un grave daño en la salud física y mental de la víctima". No obstante, el mismo juez la sorprendió con una calificación más baja y por tanto una pena menor.

Fuentes allegadas al caso aseguraron que hay abusadores sexuales que han sido condenados con un castigo mayor, aún cuando los hechos no fueron tan graves como los que se describieron contra Bustos durante las audiencias.

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