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martes 19 de mayo de 2026

Flagrancia

Absuelven al empresario sanjuanino denunciado por golpear y amenazar a su ex pareja

Se trata de Ariel Eduardo Jaime, uno de los dueños de Industrias Metalúrgicas Jaime y del Hotel Pismanta, quien fue juzgado por la justicia exprés por lesiones leves y amenazas y, finalmente, fue hallado inocente. Los argumentos por los que fue librado de culpa y cargo.

Por Redacción Tiempo de San Juan

El empresario sanjuanino que había sido denunciado por violencia de género y que se sentó en el banquillo de los acusados en Flagrancia, Ariel Eduardo Jaime, fue absuelto de culpa y cargo en el juicio que se llevó adelante en su contra. Si bien la fiscalía sostenía que agredió a su ex pareja, la defensa resistió la acusación y el juez entendió que ningún delito pudo probarse en el debate.

El fiscal Cristian Gerarduzzi lo había imputado por lesiones leves agravadas por el contexto de violencia de género y amenazas simples. Según la denuncia, la supuesta víctima fue agredida por el entonces sospechoso en medio de una discusión. La denunciante aseguró que el hombre la tomó del cuello y la empujó contra una pared.

Sin embargo, en el juicio que se llevó adelante en la justicia exprés quedó descartada la versión. Para el juez Ricardo Moine, la acusación no cumplía con los requisitos de una acusación integra, ya que no no había descrito la mecánica del hecho y cómo habrían sido las lesiones. El magistrado indicó que las mismas no coincidían con la denuncia y con lo descrito por los testigos.

Al mismo tiempo, afianzado en las pericias, el juez manifestó que las lesiones producidas en el cuerpo de la denunciante eran producto de un acto defensivo por parte del enjuiciado, quien habría intentado calmar y detener a la mujer en un ataque de ira. "Lo único que hizo fue defenderse", señaló a una de las audiencias el abogado defensor, Rubén Pontoriero.

Luego de que las lesiones fueran descartadas, al considerarse que no fueron provocadas con intención de dañar, el magistrado tampoco le dio identidad al delito de amenazas por no contar con pruebas que lo sostuviera.

Ahora, el representante del Ministerio Público, que pretendía condenarlo a 2 años y 6 meses de prisión de cumplimiento condicional, tendría 5 días desde el dictado de la sentencia para apelar y que el Tribunal de Impugnación intervenga.

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