Después de que un policía sanjuanino abatiera a un delincuente que ingresó a su casa el sábado por la madrugada, en La Bebida, Tiempo de San Juan le consultó a abogados especialistas en Derecho Penal que visión tienen sobre el caso que -como cada vez que suceden- divide las aguas en la opinión pública.
Ladrón abatido en La Bebida: ¿homicidio o legítima defensa?
La Justicia, que investiga los hechos que se desencadenaron en el Lote Hogar 24, define por estas horas si hubo configuración de delito por parte del efectivo policial que mató a Carlos ‘Porteñito’ Gutiérrez. Ante la información de conocimiento público y la versión oficial que se maneja a través de las fuentes, los profesionales de las leyes indicaron -según sus conceptos- qué calificación encuadraría mejor para el caso.
El Dr. José Amado explicó que el escenario podría enmarcarse en un acto de legítima defensa o bien en un homicidio preterintencional. Para el primer caso expone: "Si entran en tu casa de noche, mediante un escalamiento o tras romper un candado o una puerta, admitiría la defensa propia en principio, siempre que la respuesta a la agresión sea a través de un medio proporcional".
La legítima defensa tendría lugar, para Amado, si el policía efectuó los disparos en el interior de sus propiedad, más aún si los delincuentes estaban armados, ya que su presencia representaba un peligro inminente no sólo para su integridad sino para la de su familia. "Sin saber qué intenciones tendrían los asaltantes, el sólo hecho de que hayan portado un arma ofrece un panorama favorable para el policía", aseguró.
En cambio, el letrado manifestó que si se comprobara que el uniformado les disparó fuera de los límites de su casa, lo primero que se configuraría sería el abuso de arma de fuego. Luego, como se trata de una persona entrenada y la herida de bala se produjo en una de las piernas, la intención no habría sido la de quitarle la vida sino derribarlo. "En ese caso y teniendo las consecuencias de muerte, se podría considerar un homicidio preterintencional porque aunque lo mató, no tuvo intenciones de hacerlo", sostuvo.
Para el caso, Amado advirtió que todo depende de la investigación y lo que la misma resuelva con las pruebas que se produzcan. "Es sencillo definir si el tiro fue dentro de la propiedad porque una herida como la que sufrió el ladrón supone una hemorragia importante, al menos eso tengo entendido, y ese rastro de sangre sería clave", indicó. Es que Gutiérrez recibió el disparo en la arteria femoral.
En coincidencia con la primera explicación de Amado, la Dra. Romina Vargas Chirino expresó que el caso podría encuadrar en una "clara legítima defensa", basada en la versión oficial que se difundió a través de los medios y las autoridades que investigan. "Si el policía no dispara a matar y los delincuentes armados están adentro de su casa, se podría tratar de una legítima defensa", dijo y agregó: "Sobre todo, si dio la voz de alto y si estaban con armas".
Empática con el policía, con quien se solidarizó, argumentó que quienes pasaron por una situación similar sabrán lo traumático que puede ser un hecho de esas características. "El policía actuó como pudo, estaba bajo amenaza él, su familia. Por más que no le hayan apuntado, eso lo determinará la investigación, pero el sólo hecho de tener el arma a la vista es una amenaza, porque uno no sabe qué harán con ella", manifestó.
Además, al igual que lo señaló Amado, hizo hincapié en el uso del arma por parte del miembro de la Fuerza. "Se trata de una persona con práctica en el uso de armas, tiene puntería y, por ello, si le dio en las piernas a los ladrones, es claro que no hubo intención de matar a ninguno", aclaró.
Como los colegas que expusieron anteriormente y con los recaudos debidos por no contar con el expediente de la causa, el Dr Alberto Brizuela señaló que podría plantearse un excedente o bien un agravante por tratarse de un funcionario policial. "Para mi opinión, habría un excedente y el caso podría encuadrarse en un homicidio simple, cuya figura se define en el Artículo 79 del Código Penal, porque excede la legítima defensa", apuntó.
En su postura, el abogado explicó que la legítima defensa se configura cuando la respuesta a una agresión ilegítima de otro, como puede ser violar un domicilio, apuntarle con un arma o lo que fuera, se da en su justa medida y neutraliza el delito. "Por ejemplo si alguien me tira una piedra y yo le contesto con balazos, no se aplica la misma medida. Eso es lo que hay que tener en cuenta", añadió.
Sobre la figura de de defensor de policía, Brizuela expresó: "Aunque hubo una tardía respuesta gubernamental en la aplicación de la figura de defensor policial, porque era una deuda para ese sector que se encontraba legalmente desprotegido, la decisión política es muy buena. Está bien que el Ejecutivo impulse ese servicio para quienes desempeñan la tarea de seguridad en la provincia. Ojalá se implemente pronto".