A 6 meses del escándalo que protagonizó por quedar tras las rejas, la directora de una escuela de Albardón que fue acusada de entregar títulos truchos afronta el juicio oral y público que comenzó el miércoles y continuará durante la semana en las salas de audiencia de Tribunales. Se trata de Patricia Salvatierra, la docente que está sospechada de haber egresado a 5 alumnos de la escuela Néstor Kirchner de forma irregular.
La autoridad que fue denunciada en la justicia por el Ministerio de Educación fue imputada por falsedad ideológica y adulteración de documentos públicos en perjuicio de la Administración Pública y cada uno de los delitos supone penas que van de uno a tres años de prisión, en los casos menos graves.
Si la investigación judicial que lleva adelante el fiscal Iván Grassi descubre detalles que comprometan todavía más a Salvatierra y si el juez la encuentra culpable de ello, la pena que podría recibir sería mayor y perdería la posibilidad de recibir una condena condicional, tal y como sucedió con la preceptora que también había quedado en la mira. Es que Natalia Arroyo admitió el delito y fue castigada con tres años de prisión condicional en juicio abreviado.
Según indicaron fuentes allegadas al debate, los alegatos se producirán la próxima semana mientras que en los siguientes días se desarrollarán las declaraciones de los 19 testigos del caso que tiene una parte querellante conformada, en representación de la Fiscalía de Estado -encarnada por el Dr. Caludio Herrera- que brega por los intereses de la Administración Pública.
Desde la defensa de Salvatierra, el Dr. Martín Zuleta explicó que solicitarán que su representada sea declarada inocente. "Entendemos que la señora Salvatierra no ha cometido los delitos que se le imputan y ello lo plantearemos cuando llegue el momento", sostuvo a Tiempo de San Juan.
La docente que se hallaba al frente de la Dirección del establecimiento educativo situado en Campo Afuera, al igual que la preceptora que reconoció el delito, fue denunciada después de que el Ministerio le iniciara un sumario administrativo, bajo la sospecha de haber egresado a cinco jóvenes de forma ilegal, adulterando las calificaciones.
Además, los fiscales estiman que hubo alumnos que se inscribieron de forma irregular y que, durante el cursado, sospechan que había estudiantes que no cumplían con las asistencias debidas. En este contexto, se especula con que pudieron ser más de cinco los beneficiados de las irregularidades que ya reconoció Arroyo.
La preceptora también la inhabilita a ocupar un cargo público por 6 años, por lo que Salvatierra podría correr con la misma suerte. Es decir que además de la pena que reciba, si es hallada culpable, quedaría inhibida a cumplir una función pública por el doble de tiempo de la pena.
La directora comenzó a ser investigada en julio de 2019 con el sumario administrativo. A pesar de que fue separada del cargo, como continuó vinculada a su labor en otra escuela y tenía acceso al sistema, las autoridades consideraron peligroso para la instrucción que pudiera estar en libertad y le dictaron prisión preventiva.
El 23 de abril de 2020, nueve meses después de la investigación interna, el Ministerio de Educación resolvió radicar la denuncia en el ámbito penal que desencadenó el proceso que está cerca de ser resuelto.
Qué dicen los artículos por los que está imputada
ARTICULO 292.- El que hiciere en todo o en parte un documento falso o adultere uno verdadero, de modo que pueda resultar perjuicio, será reprimido con reclusión o prisión de uno a seis años, si se tratare de un instrumento público y con prisión de seis meses a dos años, si se tratare de un instrumento privado.
Si el documento falsificado o adulterado fuere de los destinados a acreditar la identidad de las personas o la titularidad del dominio o habilitación para circular de vehículos automotores, la pena será de tres a ocho años.
Para los efectos del párrafo anterior están equiparados a los documentos destinados a acreditar la identidad de las personas, aquellos que a tal fin se dieren a los integrantes de las fuerzas armadas, de seguridad, policiales o penitenciarias, las cédulas de identidad expedidas por autoridad pública competente, las libretas cívicas o de enrolamiento, y los pasaportes, así como también los certificados de parto y de nacimiento.
ARTICULO 293.- Será reprimido con reclusión o prisión de uno a seis años, el que insertare o hiciere insertar en un instrumento público declaraciones falsas, concernientes a un hecho que el documento deba probar, de modo que pueda resultar perjuicio.
Si se tratase de los documentos o certificados mencionados en el último párrafo del artículo anterior, la pena será de 3 a 8 años.