Lo habían advertido al inicio del juicio los tres abogados defensores, entre ellos los defensores oficiales Mónica Sefair y Carlos Reiloba. Incluso, a uno de ellos le dieron curso. Fue cuando Félix Herrero Martín, ex camarista penal, dijo que el informe mental no podía estar hecho por una sicóloga, sino por un siquiatra. Y así fue que a su cliente, Miguel Ángel Palma, el ex marido de Cristina Olivares, quien fue masacrada de 160 puñaladas el 7 de julio de 2012, sí le hicieron ese estudio. Pero no fue así para Rosa Videla, principal sospechosa de la autoría del crimen, y su cuñada Noelia Corvalán, quien habría participado de la masacre. En la mañana de este jueves, cuando estaban a punto de leer el veredicto, el tribunal de la Sala I tomó inédita decisión de frenar la lectura del veredicto y pedir un informe siquiátrico a Videla y Corvalán, para asegurarse que científicamente les digan si son o imputables. Eso postergó la esperada sentencia, en un hecho del que no se recuerda precedentes en la justicia sanjuanina.
El porqué del inédito freno al veredicto
¿Falló el control jurisdiccional que debe hacer la sala al recibir el expediente? El tribunal no se habría dado cuenta que no habría estado incorporado el “informe mental obligatorio” que debe haber de cada detenido. Por Gustavo Martínez Puga.
Pedir ese peritaje al final del proceso tomó por sorpresa a todos. Pero si los jueces Juan Carlos Caballero Vidal (hijo) –presidente del tribunal-, Silvia Peña y Raúl Iglesia, no lo hubieran hecho, podrían haber corrido el riesgo de que los defensores fueran ante la Corte local o la Corte Suprema en queja por la falta de ese peritaje y eso habría puesto en riesgo la nulidad de todo lo actuado.
ALERTA
El alerta por falta de ese Informe Mental Obligatorio la encendió el defensor oficial Carlos Reiloba, abogado de Rosa Videla, en sus alegatos. Fue cuando argumentó que su clienta era inimputable, según el sico-diagnóstico hecho por una psicóloga. Algo similar fue el planteo de su colega Mónica Sefair, representante legal de Corvalán, al sostener que ese mismo estudio decía que su clienta era manipulable.
Pero para el juicio penal es necesario el informe de un siquiatra, no de sicólogos. Y la ausencia de ese informe habría sido advertida por el tribunal de la Sala I después de los alegatos, y eso los habría impulsado a solicitarlo ahora, en los minutos previos a la lectura del veredicto.
Lo llamativo es que el tribunal de la Sala I lo haya hecho ahora, ya que el Código de Procedimientos Penal dice que durante la etapa de Control de Jurisdicción –cuando reciben la causa- es cuando se advierte qué es lo que hay en el expediente y qué es lo que falta por pedir. Eso es al comienzo, cuando recibieron el caso, y no es la previa a la lectura del veredicto.
¿NO HABÍA UNO ANTES?
El juez Benito Ortiz, quien hizo la investigación del crimen de Cristina y procesó a Palma, Videla y Corvalán, había pedido a la Secretaría Social de la Corte el Informe Mental Obligatorio, lo que después el tribunal de la Sala I debió haber advertido que no estaba antes del juicio.
Incluso, según fuentes con acceso al expediente, en la foja 868 está el informe de una Junta Médica que el juez Ortiz le hizo practicar a Rosa Vida, principal sospechosa, para ver si comprendía la criminalidad de los actos.
Esa Junta Médica dijo que sí comprendía, pero, al parecer, ese estudio no habría sido incorporado por el tribunal de la Sala I.
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