Mató a su mujer y por cuatro meses zafó del peor castigo
El 13 de agosto de 2012 masacró a su mujer y lo procesaron por homicidio simple, que tiene una pena más leve a la del femicidio, un agravante del homicidio que se aprobó el 14 de diciembre de 2012 y que prevé el máximo castigo: prisión o reclusión perpetua. Por Gustavo Martínez Puga.
gmartinezpuga@tiempodesanjuan.com
En ese auto de procesamiento quedó explicitado que “debe tenerse presente que las nuevas causales de agravamiento de las penas no existían aún en el momento en el que el hecho investigado tuvo lugar”.
Sucede que el 14 de diciembre de 2012, el Boletín Oficial de la Nación publicó que se había sustituido el inciso 1 del artículo 80 del Código Penal Argentino, y a partir de esa fecha “se reprime con prisión o reclusión perpetua a quien matare a su ascendiente, descendiente, cónyuge, ex cónyuge o a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia”.
Ese agravante al homicidio es lo que se denominó femicidio. Esa figura apunta a cuando un hombre mata a una mujer y en el hecho mediare la violencia de género. Entre las causales se incluyeron “placer, codicia, odio racial, religioso, de género o a la orientación sexual, identidad de género o su expresión".
El “Tintito” había cometido la masacre cuatro meses antes de que se aprobara esa modificación, el lunes 13 de agosto de 2012.
Por esos días, los legisladores nacionales gestionaban en el Congreso de la Nación la modificación al Código Penal Argentino para agravar la pena al que le diera muerte a su mujer, ya que hasta ese momento se establecía como un homicidio simple, con un castigo de 8 a 25 años de prisión o reclusión.
Por ese motivo, el auto de procesamiento del Segundo Juzgado de Instrucción dice que “no resulta aplicable a la presente causa el artículo 80, inciso 1, del Código Penal Argentino ante su actual redacción”.
Así fue como “Tintito”, domiciliado en el Barrio Siete Conjuntos, manzana E, casa 19, Chimbas, terminó procesado y será juzgado por el artículo 79 del Código Penal Argentino. Además, también lo procesaron por lesiones graves, debido a que el día que asesinó a su mujer también le cortó la cara a Armando Luis Díaz, cuando intentó evitar la masacre de su hermanastra.
El crimen se produjo a las 20 horas del lunes 13 de agosto de 2012, en la casa 7, manzana B del barrio General Acha, en Capital. “Tintito” y su esposa, Noelia Carina Baginay, siempre habían tenido una relación tormentosa. Incluso, ése día del crimen, Robledo se había auto-agredido cortándose su cuerpo con un vidrio.
La fue a buscar a su casa, a la de su amiga, hasta que le interceptó, la golpeó y la tajeó con un cuchillo de hoja grande cuando Carina Baginay estaba tirada en la vereda, junto al gabinete de gas. La mujer pidió ayuda a los gritos. Intervinieron familiares y amigos, que echaron a cintazos al “Tintito”. Pero ya era tarde: minutos después, Carina moría en Urgencias del Hospital Rawson.
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