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domingo 22 de marzo de 2026

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Pago extraordinario de ANSES: qué beneficiarios accederán a $310.000

El organismo estatal brindó toda la información sobre estos importantes montos destinados a distintos trabajadores durante el sexto mes del año.

Por María Morá

La Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) prepara los pagos de junio y se conocen los montos de las jubilaciones para el sexto mes del año. Se confirmó, a partir del 23 de mayo, un bono de hasta $308.200 correspondiente a un grupo determinado que cumpla con ciertos requisitos.

Se trata de la Prestación por Desempleo, una ayuda económica mensual que brinda ANSES a aquellas personas que fueron desvinculadas de su empleo sin justa causa, o que enfrentan el fin de un contrato laboral bajo determinadas condiciones.

Está regulada por la Ley de Empleo y su objetivo es acompañar a los trabajadores mientras buscan reinsertarse en el mercado laboral.

El monto de la Prestación por Desempleo de ANSES

Los montos de la prestación también se ajustaron:

El valor a cobrar depende del 75% del mejor salario percibido en los últimos seis meses anteriores al despido, dentro de los topes establecidos. El pago se realiza de forma directa en la cuenta bancaria del beneficiario.

El cronograma de aumentos de la Prestación por Desempleo

El cronograma de aumentos escalonados de la Prestación por Desempleo es el siguiente:

Estos valores representan una suba acumulada del 8,48% entre abril y agosto. Sin embargo, es importante señalar que el salario mínimo perdió un 31,4% de poder adquisitivo real entre noviembre de 2023 y marzo de 2025, lo que sugiere que este aumento no compensa completamente el efecto de la inflación.

Los beneficiarios de la Prestación por Desempleo

El organismo estableció que para poder acceder al beneficio, los trabajadores en relación de dependencia registrados deben haberse quedado sin empleo por alguna de las siguientes situaciones:

Trabajadores permanentes: deben haber trabajado al menos seis meses con aportes en los últimos tres años anteriores a la finalización de la relación laboral.

Trabajadores eventuales o de temporada: deben haber trabajado más de 90 días en el último año y menos de 12 meses en los últimos tres años.

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