Aquellos monotributistas que hayan tenido cambios en los últimos 12 meses en el desarrollo de su actividad deberán recategorizarse antes del 20 de julio. El plazo ya está en marcha de acuerdo con lo que notificó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Los cambios a los que se refiere tiene que ver con un aumento o una disminución de los ingresos o de los gastos.
AFIP: consecuencias para los monotributistas que no se recategoricen
Deberán hacerlo antes del 20 de julio o de lo contrario la Administración Federal de Ingresos Públicos los sancionarán.
Según la AFIP, si se detecta que un contribuyente que debía recategorizarse no lo haya hecho hasta el 20 de julio, el ente hará el cambio de oficio y lo obligará a abonar nuevos montos. Además, serán sancionados con una multa del 50% del impuesto integrado y el componente previsional que le hubiese correspondido pagar.
Para ver la categoría que corresponde y el monto a abonar, se deberá ingresar a la tabla de categorías vigente desde el 1 de enero de 2019.
Mirá cómo recategorizarte:
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