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jueves 9 de abril de 2026

Veladero

Una parva de medidas que tomó Casanello, en saco roto

La comisión, el viaje del especialista antiminero de EEUU, la amenaza de cerrar la mina, las pericias. Una auténtica demostración de cómo hacer trabajar a la justicia de gusto. Qué pasará con ellas. Por Sebastián Saharrea.
Por Redacción Tiempo de San Juan
Se conocía de antemano hasta para quien mirara desde lejos que la investigación por el derrame de Veladero no le cabía al star juez Sebastián Casanello, de escritorio en Puerto Madero mirando al río y ocupado en Lázaro, Panamá  y otras cositas menores.

Hasta que justo el día anterior a la celebración del Día de la Minería -¿capricho del destino, asombrosa coincidencia?- la Suprema Corte abandonó su insólita postura de dejar hacer transcurrida desde octubre, y resolvió que la actuación judicial por el incidente corresponde a Pablo Oritja, el magistrado con jurisdicción territorial en el terreno de los hechos, y no al federal Casanello que se ocupó de meter las narices con aires de restaurador.

Se lo habían solicitado el propio Oritja y la cátedra completa, pero él nada. Hasta que la Corte se pronunció al fin, en otra coincidencia temporal para el asombro: justo cuando la ONU aportó en detalle una de las pericias más completas y serias por el incidente, difundiendo lo que se dijo siempre. Es decir, que el derrame había afectado la zona más cercana al emprendimiento pero no había llegado hasta El Chinguillo –donde el presuroso Casanello había ordenado distribuir agua potable- y mucho menos a Angualasto que está aguas abajo, ni al dique Cuesta del Viento, ni por supuesto a Jáchal. Foco éste último de las más duras resistencias a la mina y de las acciones judiciales, aunque más que nada por los lógicos motivos de los temores que despertaron la desinformación y los manoseos.

Quedaron en la nada más de 6 meses de investigación de Casanello. No sólo expedientes acumulados y montañas de recursos para producir un material con destino cantado de archivo, sino con varias consecuencias judiciales que será conveniente valorar.

En primer lugar, nace la incertidumbre sobre qué ocurrirá con las medidas que tomó el juez federal durante su empecinada permanencia en la causa. Los abogados de uno y otro lado coinciden en que esas medidas quedarán en la nada, y si los que la impulsaron pretenden volver a incorporarlas se las tendrán que volver a pedir al juez, en este caso Oritja.

Por ejemplo, un punto que no es menor y que es la admisión de la Asamblea Jáchal no se toca como querellante. Eso fue una divisoria de aguas entre los dos magistrados que paralelamente manejaron expedientes diferentes para la misma cosa, Oritja y Casanello. Porque el juez de Jáchal le negó a la asamblea ingresar a la causa en condición de querellante –y por lo tanto ser parte activa en la investigación- porque no le reconoció que tuviera un interés fundado. En cambio, Casanello sí los aceptó como querellantes –no sólo a la asamblea jachallera sino a otra de abogados ambientalistas de la Patagonia- y comenzó a tomar medidas inspiradas en sus pedidos.

Para tener en cuenta la relevancia que les dio Casanello a los manifestantes ambientalistas alcanza con repasar sus últimas medidas. En la cautelar presentada por los querellantes para que se detenga la mina, el magistrado decidió conformar una comisión que lo asesorara en un estudio sobre las condiciones de funcionamiento antes de tomar la decisión.

Fue una resolución polémica, además de violenta de parte del juez federal, que grafica su disposición a "escuchar” a los querellantes. Porque conformó esa comisión con miembros de la misma agrupación que le había solicitado el cierre, es decir que a la postre resultarían jueces y parte. No sólo eso sino que la propia asamblea solicitó al juez que incorporara a un reconocido militante contra las minas a cielo abierto en este estudio de diagnóstico sobre… las minas a cielo abierto: resultado cantado. Y así ocurrió el desembarco de Robert Morán, un especialista que publica trabajo para Greenpeace, quien fue conducido por toda la mina para que hiciera su evaluación. Como una semana después llegó el resto de la comisión asesora para evaluar el funcionamiento y aconsejarle al juez qué hacer con el emprendimiento que da empleo a miles de sanjuaninos. Lo de violenta está referido a la orden de allanamiento que adjuntó Casanello para el caso en que no dejaran entrar a Morán a la mina.

Ese trato predilecto que Casanello le dio a las asambleas hasta ubicarlas en el lugar de juez y parte quedó en la nada con la resolución de la Corte de la semana pasada de desplazar al magistrado porteño de un presunto delito ocurrido a más de 1.500 kilómetros de su despacho, en el que se empecinó por intervenir durante meses. Si pretenden los asambleístas volver a ser considerados querellantes como lo eran con Casanello, se lo tendrán que requerir a Oritja, quien ya en una ocasión les denegó esa condición.

Lo mismo ocurrirá con el resto de las medidas tomadas por el juez federal porteño, como la constitución de una comisión asesora o el viaje del experto antiminero norteamericano. O las pericias que ordenó el propio Casanello a la Policía Federal, que le entregó resultados altos en metales pero que el magistrado porteño no tuvo la lucidez para compararlas con la línea de base. Algo parecido a los indicadores de la mendocina Universidad Nacional de Cuyo. Todas esas actuaciones de Casanello deberían ser remitidas al juzgado de Oritja, quien analizará qué valoración le adjudica, aunque queda claro que su visión era diferente de la del flamante juez estrella de los escándalos de corrupción nacional.

Se valora también desde el punto de vista judicial un par de pasajes relevantes en la resolución de la Corte. Que el exceso de jurisdicción de Casanello no venía sólo sino que se proponía además plantear una actuación hacia adelante en lugar de reconstruir lo que pasó y establecer si hay o no delito. Es lo que surge de su decisión de conformar una comisión con preguntas puntuales sobre el actual funcionamiento de la mina, del que pretendía luego definir si cerraba el proyecto o no. Y no por lo que considerara que ocurrió el día del derrame.

El otro punto es que la Corte termina dando la derecha al fiscal de Estado de la provincia, Guillermo De Sanctis, quien fue muy claro en su apelación sobre la competencia de Casanello en subrayar el derecho de las provincias en todos los temas relacionados con los recursos naturales. Derecho establecido en el artículo 5 de la Constitución nacional que reconoció explícitamente la Corte entre los motivos de su decisión. Y que se trata de un importante antecedente para las futuras acciones judiciales en estos temas.

Para zanjar la discusión y agregar claridad a estos temas, justo en la semana posterior a la resolución se expidió el organismo de ONU que tomó muestras a lo largo del río desde el primer momento. Entregó un detallado informe de difícil comprensión para la mayoría de los mortales, pero que sintéticamente indica que los efectos se sintieron solamente en las inmediaciones del derrame. Lo que se conocía desde el principio, cuando cesó la paranoia por la mala comunicación del incidente.
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