ver más

jueves 26 de marzo de 2026

Para aprovechar

¿No lo sabías? ANSES paga muy bien si hacés éstos trámites

Se conocieron las fechas de pago para las asignaciones económicas que realiza ANSES para ciertas personas. Los detalles, en la nota.
Por Redacción Tiempo de San Juan

ANSES confirmó el cronograma de pagos de mayo para las Asignaciones de Pago Único (APU) que se otorgan por matrimonio, adopción o nacimiento.

Este beneficio se paga solamente una vez al año.

Cuánto se cobra por APU.

Cuando se cobra la Asignación de Pago Único.

Estas asignaciones se cobran, para todas las terminaciones de documento, a partir del lunes 8 de mayo y hasta el 12 de junio.

Cómo anotarse para cobrar la Asignación de Pago Único.

- Ingresar a la página web oficial de ANSES y entrar a “Atención Virtual”: https://www.anses.gob.ar/atencion-virtual

- Elegir la opción “Pago Único por matrimonio, nacimiento o adopción” y seguir los pasos que indica la página.

Video que explica como acceder a la Atención Virtual en ANSES:

¿CÓMO ACCEDER A LA ATENCIÓN VIRTUAL?

Asignación por matrimonio: requisitos y quiénes pueden cobrarla.

Requisitos:

- DNI.

- Partida o acta de matrimonio.

- Tener actualizados los datos personales y los vínculos familiares dentro de ANSES.

- Los ingresos del grupo familiar no pueden superar los topes máximos vigentes.

Pueden cobrar la asignación:

- Trabajadores registrados (SUAF).

- Titulares de la Prestación por Desempleo.

- Titulares de la prestación de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo.

- Trabajadores de temporada.

- Titulares de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

Asignación por nacimiento y adopción: requisitos y quiénes pueden cobrarla.

Requisitos:

- En el caso de nacimiento, el menor debe tener entre 2 meses y 2 años.

- En el caso de adopción, el trámite debe realizarse dentro de los 2 meses y 2 años de dictada la sentencia.

- Los ingresos individuales y del grupo familiar no pueden superar los topes máximos vigentes al momento del nacimiento o fecha de la adopción.

- DNI de los padres.

- DNI del hijo.

- Partida de nacimiento del hijo.

- Sentencia de adopción.

Pueden cobrar esta asignación:

- Personas que trabajen en relación de dependencia

- Personas que se encuentren cobrando por una Aseguradora de Riesgos del Trabajo

- Personas trabajadoras por temporada

- Personas trabajadoras rurales

- Personas que cobren la Prestación por Desempleo

- Personas que cobren la Pensión Honorífica de Veteranas y Veteranos de Guerra

Temas
Seguí leyendo

Dejá tu comentario

Te Puede Interesar

video