El fallo fue dictado por la
Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de los Tribunales de Rosario, contra el supermercado
Coto. La Cámara confirmó la resolución de primera instancia, que había condenado a la empresa a pagarle a la mujer la suma de
40.000 pesos, entre capital e intereses.
El juicio fue iniciado hace tres años por una docente de 43 años, que realizó una compra con envío a domicilio en un supermercado de la cadena Coto ubicado en el shopping Alto Rosario.
Al recibir el envío y el comprobante expedido por un controlador fiscal, la mujer vio que un empleado había escrito "glúteos" en el espacio destinado a su nombre y "grandes" en el correspondiente al apellido.
La docente se sintió
víctima de una discriminación injusta, arbitraria y lesiva e interpretó que fue
calificada de obesa por lo que presentó la demanda en la que hubo una mediación extrajudicial pero no se llegó a un acuerdo, informó el portal
Tiempo de Justicia. La Ley de Defensa del Consumidor señala que los proveedores no deberán desplegar conductas que coloquen a los consumidores en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias.