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viernes 3 de abril de 2026

A tener en cuenta

AFIP actualizó los valores del formulario CETA

El certificado CETA debe ser emitido por el vendedor. La AFIP actualizó el valor que indica su obligatoriedad.
Por Redacción Tiempo de San Juan
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los valores a partir de los cuales se deben informar las ventas de automotores, motos, inmuebles, como así también embarcaciones, aeronaves y maquinarias, que regirán a partir del 1° de julio de 2016. 

El certificado denominado CETA debe ser emitido por el vendedor y se debe confeccionar al momento de realizar la operación de transferencia, siempre que el valor del vehículo sea igual o mayor a los 100.000 pesos. 

Para elaborar el CETA se debe ingresar a la web de AFIP con Clave Fiscal al listado de sistemas habilitados, y hacer clic en la opción "transferencia de bienes muebles registrables". 

La AFIP también actualizó los montos del Régimen de Información de operaciones de compraventa de automotores y motos usadas y los nuevos valores son a partir de los 100.000 y 27.000 pesos, respectivamente.

Para los titulares de los inmuebles deberán confeccionar el Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles (COTI) cuando las operaciones resulten iguales o superiores a $ 1.500.000.

El valor anterior era de $ 600.000 y no se actualizaba desde 2007. El COTI se tramita a través de la página web de la AFIP, ingresando con Clave Fiscal, mediante el servicio denominado "Transferencia de Inmuebles", opción "COTI".

En el caso de la transferencia de embarcaciones, aeronaves y maquinarias (agrícolas, tractores, cosechadoras, grúas, viales y todas aquellas que se autopropulsen) se deberán informar a partir de los 100.000 pesos.

Fuente: MDZ Ol
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