La la ley 320 A, que rige el funcionamiento de la Escribanía Mayor de Gobierno, tiene su origen en la Ley N° 5559 del año 1.986, habiendo quedado desactualizada para poder dar respuesta a un sinnúmero de nuevas relaciones contractuales y personales, entre particulares y el Estado u organismos del Estado, considerando a este en sus tres poderes, Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Bajo este argumento, este jueves los diputados sanjuaninos modificaron esta norma, que entre los cambios prevé darle competencia para concluir escrituras de particulares con el Estado, e incorporar el cargo de la Asesoría Notarial.
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La Escribana Mayor de Gobierno junto a Uñac en una entrega de títulos de viviendas.
De acuerdo a lo explicado por la diputada justicialista Celina Ramella, "se le agregan competencias en cuanto a escrituras que suscribe el Estado y particulares para que se concluyan escrituras, ahora podrán certificar las firmas. Porque se da que a veces por falta de fondos los particulares no concluían la escritura y quedaban sin inscribirse".
Además, la legisladora consignó que "básicamente es una reorganización de la ley pero en cuanto a funcionamiento y estructura es similar". A la vez, se incorpora el cargo de asesoría notarial, el cual "se trata de una notaria de carácter privado que ya está funcionando desde hace muchos años pero siempre por decreto, entonces ahora se incorpora en la ley", dijo Ramella.
La Escribanía Mayor de Gobierno tiene la función de intervenir en todos los actos notariales en los que el Estado es parte, es común que esté presente en la firma de convenios o en la realización de licitaciones por ejemplo. En diciembre de 2021, Sergio Uñac tomó juramento a la nueva escribana Mayor de Gobierno, Maira Eugenia Mancini, quien asumió tras la salida de Nélida del Carmen Gómez, quien estuvo por décadas en el cargo y se jubiló en ese año.
De acuerdo a la fundamentación del proyecto, "el campo de acción de Escribanía Mayor de Gobierno ha ido creciendo y su labor aunque silenciosa, es la de brindar seguridad jurídica y fedataria en las relaciones y situaciones jurídicas diarias en la que el Estado Provincial y/o Municipal es parte interesada, ya sea cuidando y resguardando el patrimonio en relación a los bienes que posee o en la relación de este con particulares y/o Estados provinciales, municipales, nacionales y/o extranjeros.
Por eso, con esta reforma, se busca ampliar la competencia material de intervención de esta escribanía a relaciones y situaciones jurídicas que antes no existían y que hoy no se pueden contemplar, en virtud de no estar previsto en la legislación vigente. En este marco, también la nueva ley reestructura la integración del cuerpo de profesionales y personal administrativo necesario para llevar a cabo la tarea.