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sábado 11 de abril de 2026

Canal 13

Este jueves tratan en Diputados el pase a planta de contratados

Los legisladores abordarán en el recinto el proyecto del Ejecutivo que incorpora a planta los contratados hasta diciembre de 2014.
Por Redacción Tiempo de San Juan

Este jueves se debatirá en el recinto de la Cámara de Diputados local el proyecto del Ejecutivo que busca convertir en ley el pase a planta permanente de los contratados provinciales al 31 de diciembre de 2014. En el recinto el oficialismo tiene la mayoría suficiente para la aprobación por lo que se descuenta su aprobación. 

Según confirmó el titular del bloque PJ en declaraciones a Canal 13 San Juan, el proyecto bajará a recinto con el visto bueno de las comisiones donde se lo estudió y será parte del orden del día de la próxima sesión ordinaria.

Según la letra del proyecto, en su artículo 4to. se especifican los requisitos para el pase a planta:

"Al efecto del ingreso en Planta Permanente las personas contratadas en el régimen instaurado por la Ley Nº 793-A, inexorablemente deberán cumplir los siguientes requisitos:

A)     Estar desempeñando efectivamente funciones en virtud de un contrato Administrativo de Servicios e colaboración, de manera ininterrumpida desde antes del 31 de diciembre del año 2014 hasta el dictado del acto administrativo de incorporación en Planta Permanente.

B)      efectuar la capacitación que, por reglamentación, se establezca con relación directa a cada cargo a cubrir y aprobar en el examen correspondiente.

C)      Haber demostrado experiencia, conocimiento y eficiencia para el trabajo, situación que deberá ser certificada por el director o responsable máximo de la unidad para la cual prestó y presta servicios de colaboración.

D)     Acreditar educación formal según corresponda a cada carrera y agrupamiento, conforme lo dispuesto en las leyes que rigen los distintos estatutos y escalafones de la Administración Pública Provincial y lo que establezca la reglamentación de la presente.

E)      No estar gozando del beneficio previsional de la jubilación.

F)      No encontrarse incurso en algunas de las causales previstas en el artículo 17 de la ley 142-A y de las que establezcan otros escalafones aplicables para los respectivos ingresos.

G)     Cumplir con la totalidad de los requisitos administrativos que se especifique en la presente ley y los que se establezcan en la reglamentación".

 

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