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Tribunal de impugnación

Por tercera vez dictaron un fallo por el caso de un abuelo abusador de Rawson, le bajaron la pena y lo dejaron en libertad

Primero fue absuelto y después lo condenaron a 9 años de cárcel. Ahora, un Tribunal de Impugnación ratificó que es culpable, pero ajustó la calificación del delito y le bajó la pena.

Por Redacción Tiempo de San Juan

Después de varias idas y vueltas, un Tribunal de Impugnación ratificó parcialmente la condena contra un abuelo abusador y le bajó la pena a 3 años de prisión de cumplimiento condicional, con lo que dispusieron la libertad. El hombre había sido absuelto en abril del año pasado, pero en octubre último otro tribunal dio vuelta ese primer fallo y lo condenó a 9 años de prisión por los ataques sexuales a su nieta.

La resolución judicial se conoció este miércoles y fue firmada por los jueces Eduardo Raed y Benedicto Correa, mientras que el magistrado Martín Heredia Zaldo votó en contra de la decisión de sus pares. El fallo benefició a un empleado municipal de 61 años y a su defensora, abogada María Filomena Noriega, que llevan esta batalla judicial desde octubre del 2023.

La víctima fue su propia nieta, en ese entonces una adolescente de 17 años, y la causa la investigó el fiscal Mariano Prieto de la UFI ANIVI. Ella relató que el primero de los abusos lo sufrió cuando tenía 8 años y consistió en manoseos y penetración. Otros dos vejámenes se produjeron en 2022.

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El fiscal Mariano Juárez y la ayudante fiscal Cerdera.

El fiscal Mariano Juárez y la ayudante fiscal Cerdera.

Al inicio de la causa, la chica relató todo a través de Cámara Gesell, pero después esa declaración fue anulada por fallas en el procedimiento. Fue así que la chica volvió a declarar durante el juicio en abril del 2024 a cargo de los jueces Fernández Caussi, López Martí y Figuerola. El fiscal pidió 10 años de cárcel, mientras que la abogada Noriega pidió la absolución argumentando que el albañil era inocente y lo denunciaron falsamente.

El 9 de abril de ese año, los magistrados resolvieron y absolvieron al abuelo por el beneficio de la duda. La fiscalía apeló y el fallo judicial fue revisado por otro tribunal en octubre del 2024. En esa instancia, los jueces Maximiliano Blejman, Silvina Balanza y Juan Carlos Caballero Vidal criticaron el dictamen de primera instancia, revocaron el fallo absolutorio por considerarlo contradictorio y arbitrario y condenaron al albañil a 9 años de cárcel. En la misma resolución ordenaron detener a este hombre, pero estuvo preso apenas 1 día y siguió en libertad porque la sentencia no estaba firme.

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La defensora, la abogada María Filomena Noriega.

La defensora, la abogada María Filomena Noriega.

La defensa no aceptó el fallo y presentó un recurso para cuestionar esta última condena por los delitos de Abuso sexual gravemente ultrajante, abuso sexual con acceso carnal agravado y abuso sexual simple agravado, todos agravados por el vínculo y grave daño a la salud mental de la víctima.

La resolución fue nuevamente revisada, pero por los jueces Eduardo Raed, Benedicto Correa y Martín Heredia Zaldo. Los dos primeros magistrados coincidieron en que era insuficiente la prueba y había inconsistencia para condenar al albañil por el abuso sexual con acceso carnal y el gravemente ultrajante. Para ellos, en los tres casos hubo abuso sexual simple, agravado.

Con ese razonamiento concluyeron que la pena impuesta en el segundo fallo no se ajustaba y no era proporcional, de modo que había que bajarla de 3 años de prisión de cumplimiento condicional. El juez Heredia Zaldo votó en contra de la postura de sus dos pares, para él ni siquiera debieron haber admitido el recurso de revisión presentado por la defensa

Esto último no alcanzó para ratificar la pena de 9 años de prisión. Por el contrario, a partir de los votos de Raed y Correa, se ajustó la calificación legal de los delitos a sólo abuso sexual simple, agravado por el vínculo y grave daño a la salud mental (tres hechos) y le impusieron la condena de 3 años de cumplimiento condicional.

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