En la mañana del sábado último, personal policial de la UFI ANIVI detuvo a un hombre por presuntamente tener y distribuir material fílmico con contenido de pornografía infantil. Los efectivos se presentaron en su vivienda de la Villa Unión, en Chimbas, y le dijeron que iban a allanarle su hogar ya que estaba vinculado a esos graves delitos.
Según dijeron fuentes judiciales, los videos fueron distribuidos a través de la red social Facebook. Incluso, a este detenido lo investigan por, aparentemente, haber producido pornografía infantil. El fiscal Roberto Mallea, a cargo de la investigación de este caso, afirmó en medios locales que una de las víctimas que aparecen en los videos sería familiar de este sujeto.
Textualmente, Mallea expresó: “En este caso en particular también se ven imágenes en las que la persona detenida habría producido imágenes de pornografía infantil”. De esta manera, sería el primer caso de producción de este tipo de material en San Juan.
Ahora bien, ¿de dónde surge el dato de que el último detenido habría producido videos con pornografía infantil? Según dijo el propio fiscal, entre el material que secuestraron de esa vivienda de Chimbas, hay una conversación clave -a través del chat de Facebook- del detenido con un amigo al que le mandó el video. En esa charla virtual, el aprehendido le manifestó que había filmado a una familiar de 13 años.
Pese a ese dato importante, el material incautado -que era distribuido por Facebook- está siendo evaluado por los peritos correspondientes para determinar con certeza si algunos de los videos fueron producidos por el detenido, cuya víctima era una familiar. Se habla de que se trataría de una sobrina del hombre en cuestión.
Ante la llegada de un video de estas características a tus redes sociales, ¿qué hacer?
El fiscal Mallea expresó que, de inmediato, se debe radicar la denuncia correspondiente contra la persona que envió el material pornográfico. Y, en segundo lugar, evitar que siga circulando. Es importante la denuncia ya que, de otra manera, se podría incurrir en el delito de "tenencia". Y si no se evita la circulación, el de "distribución".
El Código Penal Argentino, en su artículo 128, reza: "Será reprimido con prisión de tres (3) a seis (6) años el que produjere, financiare, ofreciere, comerciare, publicare, facilitare, divulgare o distribuyere, por cualquier medio, toda representación de un menor de dieciocho (18) años dedicado a actividades sexuales explícitas o toda representación de sus partes genitales con fines predominantemente sexuales, al igual que el que organizare espectáculos en vivo de representaciones sexuales explícitas en que participaren dichos menores". La pena se agravaría si la víctima es un/a menor de 13 años.